REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara.
Carora, 04 de diciembre de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO: KP12-J-2017-000189
Solicitante: América Antonieta Castillo Verde, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-18.952.503.
Motivo: CURATELA
Por escrito presentado en fecha 22 noviembre de 2017, la ciudadana América Antonieta Castillo Verde, antes identificada, solicitó el nombramiento de un Curador Ad-Hoc, para su hija la niña (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), en virtud de que en un futuro próximo contraería nuevas nupcias, con el ciudadano Giancarlo Presenza Peña, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.435.949. Señaló que el nombramiento recaería sobre la ciudadana Elba Luisa Verde de Castillo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.948.729, en su condición de abuela materna. En ese mismo acto consignó copia certificada de la partida de nacimiento de su hija, copia fotostática de su cédula de identidad, copia certificada de su partida de nacimiento, copia fotostática de la cédula de identidad del futuro contrayente, de la curadora propuesta, de las testigos, Declaración Jurada de soltería de la solicitante y del futuro contrayente, emitidas por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Trinidad Samuel, constancia de residencia de la solicitante, emitida por el Consejo Comunal, “Cumana Brasil”, constancia de estudios de la niña, emitida por la directora de la Unidad Educativa Juan De Salamanca”. Admitida la solicitud en fecha 24 de noviembre de 2017, conjuntamente con los documentos que la acompañaron, se ordenó oír la opinión de la niña. Igualmente, se ordenó oír las declaraciones de las testigos ciudadanas Cristina Del Carmen Torres Rodríguez y Norkys Josefina Montes De Oca Gómez, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-5.320.813 y V-10.763.454, respectivamente.
En fecha 29 de noviembre de 2017, se dejó expresa constancia de la comparecencia de las testigos ciudadanas Cristina Del Carmen Torres Rodríguez y Norkys Josefina Montes De Oca Gómez, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-5.320.813 y V-10.763.454, respectivamente, quienes rindieron sus declaraciones.
En fecha 30 de noviembre de 2017, se dejó expresa constancia de la comparecencia de la niña a manifestar su opinión. En esa misma fecha se dejó expresa constancia de la comparecencia de la curadora propuesta Elba Luisa Verde de Castillo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.948.729, quien acepto el cargo y juro cumplir fielmente con las obligaciones inherentes al cargo.
Examinados los recaudos acompañados a la solicitud, escuchada la declaración de los testigos Cristina Del Carmen Torres Rodríguez y Norkys Josefina Montes De Oca Gómez, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-5.320.813 y V-10.763.454, respectivamente, es decir, cumplidos los requisitos exigidos por la ley y vista la aceptación por parte del ciudadana Elba Luisa Verde de Castillo, ya identificada, de ser Curador de la niña (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, designa al cargo de CURADOR AD-HOC, a la ciudadana Elba Luisa Verde de Castillo, ya identificada.
Expídanse copias certificadas por la secretaria de esta sentencia a los interesados y para el archivo.
Regístrese y publíquese
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 04 de diciembre de 2017. Años: 207° y 158°.
LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÒN, SUSTANCIACIÒN Y EJECUCION
Abg. LUISA CRISTINA GONZÁLEZ CAMPOS
LA SECRETARIA
Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 447- 2.017 y se publicó siendo las 02:56 p.m
LA SECRETARIA
Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA
KP12-J-2017-000189
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