En horas de despacho del día de hoy, Veintiuno (21) de Noviembre de Dos Mil Diecisiete (2.017), siendo las 10:00 de la mañana, día y hora fijado, para que tenga lugar la Audiencia de Mediación, en el presente juicio expediente 2585-17, conforme a lo establecido en el Artículo 101 de la Ley para La Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, y 189 del Código de Procedimiento Civil. Se abrió el acto se hicieron los llamados respectivos por el alguacil del despacho quién a viva voz anunció el mismo y no habiendo comparecido la ciudadana: Belkis Coromoto Betancourt de Morón, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número 11.616.381, ni por si ni por medio de apoderado. Estando presente la ciudadana: Maryuri Carolina Perdomo Milla, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 18.376.563, domiciliada en Sector Brisas del Rió, Parroquia Tres Esquinas del Municipio Trujillo del estado Trujillo, Asistida por el abogado Arturo Rafael Infante Riera, inscrito en el inpreabogado bajo el número 268.003. Vista la incomparecencia de la parte demandante a la presente audiencia de mediación, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 de la Ley para la Regularización y control de los Arrendamientos de Viviendas que señalan que si el demandante no compareciere a la audiencia de mediación se considerará desistido el procedimiento; y revisadas las actas que conforman la presente causa se observa que la parte demandada fue debidamente citada por el alguacil de este Tribunal quien así lo informo en actuación de fecha 13 de noviembre de 2017, por lo que ajustado a derecho es declarar desistido el presente procedimiento tal como lo señala el artículo antes citado así se decide en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Publíquese y cópiese siendo las 10:15 de la mañana, se da por concluido el presente acto Termino se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ SUPLENTE,
ABG. MIREYA CARMONA TORRES
LA PARTE DEMANDADA EL ABOGADO ASISTENTE
MARYURI PERDOMO ARTURO INFANTE.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL
ABG. RAFAEL GREGORIO RUZA BASTIDAS
En la misma fecha se publico el fallo siendo las 10:30 de la mañana.
EL SECRETARIO ACCIDENTAL
ABG. RAFAEL GREGORIO RUZA BASTIDAS
MCT/RGRB/EV
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