REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de febrero de dos mil diecisiete
206º y 158º
ASUNTO: KP02-S-2017-000444
SOLICITANTES: JOSE FREDDY JIMENEZ FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros.V-9.553858, domiciliado en Indio Manaure, Sector III Carrera 2 entre Calle 1 y Carrera Indio Manaure, Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del estado Lara.
ABOGADO ASISTENTE: ROBERT HIDALGO, inscrita en el I.P.S.A., bajo matricula N° 182.451.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
En fecha 06/02/2017, se recibió en este despacho de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD Civil), solicitud de título supletorio, presentada por el ciudadano JOSE FREDDY JIMENEZ FERNANDEZ, ya identificado, mediante la cual indican que posee unas bienhechuría constituidas por una casa con un área de construcción de 160,90M2, de paredes de bloques, piso de cemento techo de platabanda puertas y ventanas de hierro, consta de una (1) sala, una (1) cocina, un (1) comedor, tres (3) habitaciones, un (1) bañó, un (1) corredor techado con zinc y pavimento, cercada de paredes de bloques, ubicado en Indio Manaure, Sector III Carrera 2 entre Calle 1 y Carrera Indio Manaure, Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del Estado Lara que construyo con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, que mide CIENTO OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (189,70M2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: en línea de 11,70 mts con terreno ocupado por Sol Mireya Osorio; SUR: en línea de 10,50 mts con carrera 2, que es su frente; ESTE en línea de 15,70 mts con terrenos ocupados por Zoraida Mavare. OESTE: en línea de 19,34 mts con terrenos ocupados por Ramona Goitia. La misma se admite en Derecho y se exhorta a tomar declaración de testigos que presente la parte interesada.
En fecha 15/02/2017, se procedió a escuchar los testigos que presentó la parte interesada, identificados como: JOSE RAFAEL FERNANDEZ Y RUBEN GIMENEZ GIL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.739.631 y V-18.654.831, respectivamente, f. 07.
Siendo la oportunidad para decidir, este Tribunal pasa a analizar lo siguiente:
DECISION.
Con mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana y tomando en consideración las declaraciones de los testigos identificados en autos quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano JOSE FREDDY JIMENEZ FERNANDEZ , antes identificada, asistida por el Abogado ROBERTH HIDALGO, inscrita en el I.P.S.A., bajo matricula N° 182.451, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.,
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. Queda firme en esta misma fecha.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los (22) DIA DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO 2017. Años: 206° y 158º.
La Jueza Titular
Abg. Rosángela Mercedes Sorondo Gil
La Secretaria Suplente
Abg. Orlannys Nataly Rodríguez
RSG/OR/yp
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós de febrero de dos mil diecisiete
206º y 158º
ASUNTO: KP02-S-2017-000444
SOLICITANTES: JOSE FREDDY JIMENEZ FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros.V-9.553858, domiciliado en Indio Manaure, Sector III Carrera 2 entre Calle 1 y Carrera Indio Manaure, Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del estado Lara.
ABOGADO ASISTENTE: ROBERT HIDALGO, inscrita en el I.P.S.A., bajo matricula N° 182.451.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
En fecha 06/02/2017, se recibió en este despacho de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD Civil), solicitud de título supletorio, presentada por el ciudadano JOSE FREDDY JIMENEZ FERNANDEZ, ya identificado, mediante la cual indican que posee unas bienhechuría constituidas por una casa con un área de construcción de 160,90M2, de paredes de bloques, piso de cemento techo de platabanda puertas y ventanas de hierro, consta de una (1) sala, una (1) cocina, un (1) comedor, tres (3) habitaciones, un (1) bañó, un (1) corredor techado con zinc y pavimento, cercada de paredes de bloques, ubicado en Indio Manaure, Sector III Carrera 2 entre Calle 1 y Carrera Indio Manaure, Parroquia Santa Rosa, Municipio Iribarren del Estado Lara que construyo con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, que mide CIENTO OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (189,70M2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: en línea de 11,70 mts con terreno ocupado por Sol Mireya Osorio; SUR: en línea de 10,50 mts con carrera 2, que es su frente; ESTE en línea de 15,70 mts con terrenos ocupados por Zoraida Mavare. OESTE: en línea de 19,34 mts con terrenos ocupados por Ramona Goitia. La misma se admite en Derecho y se exhorta a tomar declaración de testigos que presente la parte interesada.
En fecha 15/02/2017, se procedió a escuchar los testigos que presentó la parte interesada, identificados como: JOSE RAFAEL FERNANDEZ Y RUBEN GIMENEZ GIL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.739.631 y V-18.654.831, respectivamente, f. 07.
Siendo la oportunidad para decidir, este Tribunal pasa a analizar lo siguiente:
DECISION.
Con mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana y tomando en consideración las declaraciones de los testigos identificados en autos quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del ciudadano JOSE FREDDY JIMENEZ FERNANDEZ , antes identificada, asistida por el Abogado ROBERTH HIDALGO, inscrita en el I.P.S.A., bajo matricula N° 182.451, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.,
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. Queda firme en esta misma fecha.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los (22) DIA DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO 2017. Años: 206° y 158º.
La Jueza Titular
(COPIA FIRMADA EN SU ORIGINAL)
Abg. Rosangela Sorondo Gil
La Secretaria Suplente
(COPIA FIRMADA EN SU ORIGINAL)
Abg. Orlannys Nataly Rodriguez
La Suscrita , Secretaria Suplente del Juzgado Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, CERTIFICA: Que la copia fotostática que antecede es exactamente igual al original que se encuentra en el asunto KP02-S-2016-4895, Certificación que se expide por mandato judicial de esta fecha. En Barquisimeto a los 22 días del mes de febrero del 2017. Años: 206º y 158º.-
LA SECRETARIA SUPLENTE
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