REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
ASUNTO: KP02-L-2016-001007
PARTE DEMANDANTE: PEDRO JOSÉ ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.321.796.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: ORLANDO ENRIQUE MELÉNDEZ ARCIA, LEONARDO JAVIER MELÉNDEZ MALDONADO, ENGELS ENRIQUE MELÉNDEZ PEÑA, MIGUEL ORLANDO TORRES DUQUE, Abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 108.644, 170.110, 138.778 y 115.396 respectivamente.
PARTE DEMANDADA: 1.- AUTOMERCADO GRAN PANDA, 2.- JOSÉ CHAN LAI.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: BLANCA MACHADO, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 92.018.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy 17 de febrero de 2017 siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el alguacil CÉSAR ALVARADO, compareció por la parte demandada el ciudadano JOSÉ CHAN LAI, asistido por la Abogada BLANCA MACHADO, ambos plenamente identificados al inicio. Así mismo, se hace contar que la parte demandante no compareció por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.
Abg. Ana Mercedes Sánchez V.
Juez
Secretario
Abg. Alberto Noguera
Parte demandada
Alguacil
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