REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, diez de julio de dos mil diecisiete
207º y 158º

SENTENCIA


Nº DE EXPEDIENTE: TP11-L-2017-000076

PARTE ACTORA: WILLIAN JOSÉ RIVAS GODOY
APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDANTE: RUBEN DARÍO RONDÓN GRATEROL PARTE DEMANDADA: INVERSIONES OCANTO SUAREZ, C. A., en la persona del ciudadano DANNY JOSÉ OCANTO SUAREZ
APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA: HECTOR LUIS GODOY
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS DE LEY

Hoy, 10 de julio de 2017, día y hora fijado para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano: WILLIAN JOSÉ RIVAS GODOY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.605.642, por medio de su apoderado judicial abogado RUBEN DARÍO RONDÓN GRATEROL, inscrito en el IPSA bajo el Nº 38.886, en su condición de Procurador de Trabajadores del estado Trujillo, y la empresa INVERSIONES OCANTO SUAREZ, C. A., en la persona del ciudadano DANNY JOSÉ OCANTO SUAREZ, por motivo de: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS DE LEY, asistido del abogado HECTOR LUIS GODOY, inscrito en i.p.s.a bajo el No 231.425; analizadas las situaciones rehecho y de derecho en la presente causa las partes de mutuo acuerdo solicitan el derecho de palabra y otorgada como fue la parte demandante WILLIAN JOSÉ RIVAS GODOY quien expone:“Ciudadana Jueza hemos realizado el análisis de cada una las situaciones de hecho, derecho, conceptos y montos demandados en la presente causa y hemos llegado a la conclusión de que la demandada INVERSIONES OCANTO SUAREZ, C. A., en la persona del ciudadano DANNY JOSÉ OCANTO SUAREZ, efectivamente verifica que si me adeuda la cantidad OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS CON CENTIMOS ( BS. 800.000,00) por los conceptos y montos demandados en la presente causa; quien en este acto hemos llegado al acuerdo de que me cancelara dicho monto de la siguiente manera: por ante este tribunal en horas de despacho 2 de la tarde, mediante diligencia PRIMERO: en fecha 19 de julio de 2017, la cantidad de Bs. 250.000,00; en fecha 10/8/2017 la cantidad de Bs. 250.000,00 y en fecha 20/9/2017 la cantidad de Bs. 300.000,00; la cual estoy de acuerdo con la propuesta de pago. Solicito se homologue el presente acuerdo conciliatorio y se le otorgue el carácter de cosa juzgada, y una vez recibida la totalidad del monto, en las fechas aquí acordadas declaro que la parte demandada INVERSIONES OCANTO SUAREZ, C. A., en la persona del ciudadano DANNY JOSÉ OCANTO SUAREZ, nada me debe por los servicios prestados a esa empresa. Igualmente solicito se ordene el archivo del expediente transcurridos como sean 3 días hábiles, a fin de hacer efectivo el cheque que para la fecha reciba. Es todo”. Seguidamente se le otorgo el derecho de palabra a la parte demandada quien expuso: “estoy de acuerdo con lo expuesto por la parte demandante por cuanto ese fue el acuerdo conciliatorio al que llegamos en la presente Audiencia Preliminar e igualmente solicito sea homologado por este Tribunal y se le otorgue el carácter de cosa juzgada,”. Visto lo solicitado por las partes, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO CONCILIATORIO Y LE OTORGA EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. Siendo las 11:55 a.m., terminó, se leyó, y las partes al pie de la presente acta en señal de conformidad firman, habiéndose cumplido con todas las formalidades de ley. A los 207 años de la Independencia y 158 años de la Federación. Regístrese y publiquese.

ABG. ANA R GUEDEZ MONTILLA
LA JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓNDEL TRABAJO

LA PARTE DEMANDANTE



APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE




LA PARTE DEMANDADA


ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA





ABG. LORENY LINARES

LA SECRETARIA