REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de julio de dos mil diecisiete
207º y 158º
ASUNTO : KP02-F-2015-000125
Siendo el día 11/07/2017 la oportunidad legal fijada por el Tribunal para el acto de contestación de la demanda de Divorcio seguido por el ciudadano ANDERSON ALEXIS GUTIERREZ TERAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.922.776, de este domicilio, contra la ciudadana ROSA MARIA DAZA TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.730.200, de este domicilio, se deja constancia que la parte actora no compareció a Ratificar e insistir sobre la demandada. En consecuencia, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDO el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 758 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el juicio y ordena el archivo del expediente. Déjese copia.-
La Juez Provisorio
Johanna Dayanara Mendoza Torrea
La Secretaria
Rafaela Milagro Barreto
En este misma fecha se dejo copia Resolución N°196 anotada en el libro diario bajo el N° 35.-
La Sec.
JDMT/Viviana
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