REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, dieciséis de junio de dos mil diecisiete
207 y 158


SENTENCIA

ASUNTO Nº TP11-L-2017-000102
PARTE ACTORA: YAJAIRA COROMOTO SUÁREZ SEGOVIA
PARTE DEMANDADA: PANADERÍA Y PASTELERÍA TROPICANA, C.A y GRUPO INSARMECA, representadas legalmente por el ciudadano NESTOR SARMIENTO
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JARENTH MATHEUS ALBORNOZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy,16 de JUNIO de 2017, día y hora fijado para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, de demanda interpuesta por la ciudadana YAJAIRA COROMOTO SUÁREZ SEGOVIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.329.309, en su condición de parte actora, contra la entidad de trabajo PANADERÍA Y PASTELERÍA TROPICANA, C.A y GRUPO INSARMECA, representadas legalmente por el ciudadano NESTOR SARMIENTO, en su condición de parte demandada; verificada la presencia de las partes; encontrándose presente la parte demandada PANADERÍA Y PASTELERÍA TROPICANA, C.A y GRUPO INSARMECA, representadas legalmente por el ciudadano NESTOR SARMIENTO, por medio de su apoderada judicial abogada JARENTH MATHEUS ALBORNOZ, inscrita en i.p.s.a bajo el No. 117.524, según poder que presenta en este momento ad effectus videndi con copia para ser certificada y agregada en autos y devuelta su original, NO COMPARECIENDO NI POR SI, NI POR MEDIO DE SU APODERADO JUDICIAL, la ciudadana YAJAIRA COROMOTO SUÁREZ SEGOVIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.329.309,parte demandante. Acto seguido vista la incomparecencia de la parte demandante, la Jueza pasa a dictar sentencia de acuerdo a lo establecido en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y actuando EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, siendo las 10:45. a.m. A los 207 años de la Independencia y 158 años de la Federación. Regístrese y publíquese.

ABG. ANA R GUEDEZ MONTILLA
Jueza Primera de Primera Instancia
De Sustanciación, Mediación y Ejecución,
LA PARTE PRESENTE

LA SECRETARIA

ABG. LORENY LINARES