REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Septimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, nueve de marzo de dos mil diecisiete
206º y 158º

ASUNTO : KP02-S-2017-000679
SOLICITANTES: TANIA KARINA ARRIECHE GIL venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros. V-17.783.034, con domicilio en el sector Los Libertadores km. 17 via a Duaca, Parroquia Tamaca del Municipio Iribarren del Estado Lara.
ABOGADO ASISTENTE: LUIS BELTRAN VILORIA BARRETO, inscrito en el I.P.S.A., bajo matricula N° 2.655.
Motivo: TITULO SUPLETORIO
En fecha 14/02/2017, se recibió en este despacho de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD Civil), solicitud de título supletorio, presentada por la ciudadana TANIA KARINA ARRIECHE GIL, ya identificada, mediante la cual indican que poseen una bienhechuría que consiste en una casa, con un área de construcción de OCHO METROS CON CINCUENTA Y NUEVE CENTIMETROS (8.59M), de frente por SEIS METROS CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMETROS (6.55m), de fondo CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON VEINTISEIS CENTIMETROS CUADRADOS (56.26M2), paredes de bloques frisados, piso de cemento pulido, techo de zinc, distribuida de la siguiente forma: dos (02) habitaciones, una (01) sala, una (01) cocina empotrada, un (01) baño, cuatro (04) cuartos, una (01) puerta con su respectivo protector de hierro, un (01) pozo séptico, árboles frutales, un tanque de agua de concreto de (6) metros de largo por (2) metros de ancho por 2 de altura, que he construido con mis propias expensas y con dinero de mi propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, con una superficie de VEINTIDOS METROS CON NOVENTA Y TRES CENTIMETROS (22.93Mts.2) de frente por VEINTITRES METROS CON CINCUENTA Y TRES CENTIMETROS (23.53M) de fondo, para un total de QUINIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS (540 M2) con un área de construcción aproximada de CIENTO CINCUENTA METROS CUADRADOS (150Mts.2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: en línea de 35.00 metros, con casa y terreno ocupado por Juan Torrealba, SUR: en línea de 35.00 metros, con casa y terreno ocupado por Dilia Suarez, ESTE: en línea de 26.00 metros, con casa y terreno ocupado por Hilario Sánchez, OESTE: en línea de 26.00 metros, con Avenida Principal que es su frente. La misma se admite en Derecho y se exhorta a tomar declaración de testigos que presente la parte interesada.
En fecha 22/02/2017, se procedió a escuchar los testigos que presentó la parte interesada, identificados como: JOSE ISAURO FLORES MUJICA y YELIS PASTORA FLORES ASUAJE venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 3.084.842 y V- 14.483.011, respectivamente, f. 06.
Siendo la oportunidad para decidir, este Tribunal pasa a analizar lo siguiente:

DECISION.
Con mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 2 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana y tomando en consideración las declaraciones de los testigos identificados en autos quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de los ciudadanos DEMETRIO YGNACIO DUARTE VILORIA, ZORAYDA COROMOTO MENDEZ PERDOMO y DEMZORY JOSE DUARTE MENDEZ, antes identificados, asistidos por el Abogado CESAR GIMENEZ RUIZ inscrito en el I.P.S.A., bajo matricula N° 65.951., sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.,
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. Queda firme en esta misma fecha.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del TRIBUNAL SEPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los NUEVE (09) DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO 2017. Años: 206° y 158º.

La Jueza Titular
Abg.Rosangela Sorondo Gil

La Secretaria Suplente
Abg. Orlannys Nataly Rodriguez




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