Exp. N° 2532-17
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TRUJILLO, PAMPAN Y PAMPANITO DEL ESTADO TRUJILLO. TRUJILLO, TRECE (13) DE MARZO DE DOS MIL DIECISIETE.(2017)
206° y 158°
Recibida por Distribución la Demanda por: INTERDICTO DE OBRA NUEVA, con sus recaudos anexos, promovida por las Abogadas: ROSIBELL YARELIS VETANCOURT SEGOVIA y LUZ MARIMA ANGULO MARIN, Venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-18.378.499 y V-5.794.028, respectivamente, inscritas en el I.P.S.A., bajo los Nros. 158.277, 147.418, respectivamente, en sus condición de apoderadas judiciales de la ciudadana: NAILED PIERINA DULCAR ANGULO MARIN, titular de las cédulas de identidad N° V-17.865.572, domiciliada en la Plazuela Municipio y Estado Trujillo, en contra del ciudadano: GERARDO ORELLANA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-58.794.650, domiciliado en el Sector La Plazuela Municipio y Estado Trujillo.
Désele entrada, fórmese expediente y numérese. De la revisión de los autos se observa, que la presente demanda está basada en una acción, cuyo conocimiento corresponde, específicamente a los Tribunales de Primera instancia, conforme lo dispuesto en el Artículo 698 del Código de Procedimiento Civil, en virtud, de que se trata de una demanda de INTERDICTO DE OBRA NUEVA, en consecuencia, este Tribunal se declara Incompetente por la Materia para conocer de la presente causa, y en armonía a lo establecido en el Artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, en tal sentido, se acuerda remitir la presente demanda al Tribunal de Primera Instancia (Distribuidor) en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, a los fines de su debida distribución, en la oportunidad de Ley. Anótese su entrada.
EL JUEZ

ABG. ASDRÚBAL JOSÉ PACHECO DELGADO
EL SECRETARIO ACCIDENTAL

ABG. RAFAEL GREGORIO RUZA BASTIDAS

En la misma fecha se anota su entrada bajo el Nro.2.532-17, del libro respectivo.

EL SECRETARIO ACCIDENTAL

ABG. RAFAEL GREGORIO RUZA BASTIDAS

Rl