REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



SALA ÚNICA DE LA CORTE DE APELACIONES CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL
Barquisimeto, 15 de mayo de 2017

ASUNTO N° :KP01-R-2017-000084.
ASUNTO PRINCIPAL :KP01-S-2016-027405.

JUEZA PONENTE : Abogada. Milena Del Carmen Freítez Gutiérrez.
Corresponde a esta Sala Única de la Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Región Centro Occidental con sede en Barquisimeto estado Lara, conforme a lo establecido en el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal, decidir sobre la admisibilidad o no del recurso de apelación de sobreseimiento con efecto suspensivo interpuesto por la profesional del derecho Cristina Coronado Azuaje y Alilus Andreina Arias, actuando en carácter de Fiscal Provisorio y Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Vigésima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en la causa seguida al ciudadano Israel José Arroyo Colmenarez, portador de la cédula de identidad N° [...], en contra de la decisión dictada en fecha 27 de enero de 2017 y publicada en fecha 13 de febrero de 2017, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Lara, mediante la cual decretó el Sobreseimiento de la causa y en consecuencia otorgó al mencionado imputado la Libertad Plena.
Por recibidas las presentes actuaciones del Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Lara, se procedió a la distribución del asunto signado con el N° KP01-R-2017-000084, a los fines de designar al Juez ponente de la causa, recayendo dicha designación en quien con tal carácter suscribe el presente fallo. Se deja constancia que en el presente asunto riela acta de inhibición suscrita por el Juez Suplente Orlando José Albujen Cordero de fecha 4 de abril de 2017, la cual fue resuelta Con Lugar por la Jueza Presidenta de esta Corte de Apelaciones en fecha 7 de abril de 2017, ahora bien, visto que el Juez Suplente Orlando Albujen ya no forma parte de esta Sala Natural de la Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Región Centro Occidental del estado Lara por haber concluido su periodo de suplente, este tribunal en aras de salvaguardar los derechos constitucionales de celeridad procesal y tutela judicial efectiva, procede a conocer el presente recurso estando conformada por: la Jueza Presidenta Carolina García, el Juez Integrante Michael Pérez y la Jueza Integrante y Ponente Milena Freítez.
A los fines de decidir sobre la admisibilidad o no del presente Recurso de apelación de sentencia con Efecto Suspensivo, esta Sala Única observa:
El artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, establece:
Causales de Inadmisibilidad. “La corte de apelaciones sólo podrá declarar inadmisible el recurso por las siguientes causas:
a. Cuando la parte que lo interponga carezca de legitimación para hacerlo.
b. Cuando el recurso se interponga extemporáneamente por vencimiento del lapso establecido para su presentación.
c. Cuando la decisión que se recurre sea inimpugnable o irrecurrible por expresa disposición de este Código o de la ley.
Fuera de las anteriores causas, la corte de apelaciones, deberá entrar a conocer el fondo del recurso planteado y dictará la decisión que corresponda”.
Por lo tanto, debe esta Sala Única verificar el cumplimiento de los tres requisitos taxativamente señalados. En este orden de ideas, se evidencia de la revisión exhaustiva realizada a todas y cada una de las actas procesales que integran el presente cuaderno de incidencias, que la recurrente posee legitimación para ejercer el recurso de apelación de sentencia con efecto suspensivo en Alzada; de igual manera, esta Sala observa que se ejerce el recurso de apelación de sentencia con efecto suspensivo de manera tempestiva, es decir, en el tiempo legal establecido en la Ley por cuanto la interposición del mismo se realizo el mismo día en que se notificó a la recurrente, siendo que la decisión fue pública en fecha 13 de febrero de 2017 y la notificación se realizó el 14 de febrero del año en curso tal y como consta en la certificación de cómputo realizada por la Secretaría del A-quo; y por último, la decisión contra la cual se ejerce el recurso en cuestión, no es de aquellas decisiones irrecurribles o inimpugnables por disposición expresa de la Ley, estando sustentado el aludido Recurso en Sentencia emanada del Tribunal A quo.
Siendo así y, de conformidad a lo establecido en los artículos 111 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia a lo establecido en el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Colegiado considera procedente y ajustado a derecho ADMITIR el recurso de apelación de sentencia con efecto suspensivo interpuesto por la profesional del derecho Cristina Coronado Azuaje y Alilus Andreina Arias, actuando en carácter de Fiscal Provisorio y Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Vigésima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en la causa seguida al ciudadano Israel José Arroyo Colmenarez, portador de la cédula de identidad N° [...], en contra de la decisión dictada en fecha 27 de enero de 2017 y publicada en fecha 13 de febrero de 2017, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Lara, mediante la cual decretó el Sobreseimiento y en consecuencia, le otorgó la Libertad Plena a dicho ciudadano, por la presunta comisión del delito de Violencia Sexual, previsto y sancionado en el artículo 43, tercer aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de víctima adolescente identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Y así se decide.
Así mismo este Tribunal de Alzada cumplido como han sido los requisitos legales correspondientes para la admisión del escrito de contestación al recurso de apelación, por consiguiente se ADMITE la contestación al recurso interpuesta por los abogados Cristóbal Pernalete y Yalisbet Soteldo, en su condición de defensores del ciudadano Israel José Arroyo Colmenarez. Y así se decide.
DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación anterior, esta Sala Única De La Corte De Apelaciones Con Competencia En Delitos De Violencia Contra La Mujer De La Región Centro Occidental con sede en Barquisimeto estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad a lo establecido en el artículo 428 y 442 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento:
Primero: se ADMITE el recurso de apelación de sentencia con efecto suspensivo interpuesto por las profesionales del derecho Cristina Coronado Azuaje y Alilus Andreina Arias, quienes actuando en carácter de Fiscal Provisorio y Fiscal Auxiliar de la Fiscalía Vigésima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en la causa seguida al ciudadano Israel José Arroyo Colmenarez, portador de la cédula de identidad N° [...], en contra de la decisión dictada en fecha 27 de enero de 2017 y publicada en fecha 13 de febrero de 2017, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del estado Lara, mediante la cual decretó el Sobreseimiento de la causa y en consecuencia, otorgó la Libertad Plena a dicho ciudadano, por la presunta comisión del delito de Violencia Sexual, previsto y sancionado en el artículo 43 tercer aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de víctima adolescente identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Segundo: se ADMITE la contestación del recurso interpuesta por los abogados Cristobal Pernalete y Yalisbet Soteldo en su carácter de defensores privados del ciudadano Israel José Arroyo Colmenarez.
En consecuencia, se ordena fijar la celebración del acto de la audiencia oral, establecida en el artículo 114 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, para el día lunes veintidos (22) de mayo de 2017, a las 01:20 horas de la tarde. Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de esta Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Centro Occidental, a los quince (15) días del mes de mayo de 2017. Años: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
La Jueza Presidenta de la Corte de Apelaciones con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Centro Occidental

Dra. Carolina Monserrath García Carreño

El Juez Integrante La Jueza Ponente
Dr. Michael Pérez Amaro Dra. Milena Fréitez Gutiérrez
En esta misma fecha se publicó y se dio cumplimiento de la presente decisión, quedando identificado bajo el Nº_____________ siendo las ___ __.
La Secretaria
Norkys Franco.

ASUNTO: KP01-R-2017-000084