REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

ASUNTO: KP02-L-2017-000091
PARTE ACTORA: Mario Javier Colmenares Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.435.896.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: Daymer Suarez y Robert Sivada, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 249.019, 253.196, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: Resguardo y Vigilancia Total C.A
APODERADA JUDICIAL DE LAS DEMANDADA: No consta.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy 02 de MAYO de 2017, siendo las 9:00 a.m, día y hora fijado para que tenga lugar la instalación de la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el alguacil CESAR ALVARADO, ninguna de las partes compareció por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.

La Juez


Abg. Liliana Josefina Mérida Lozada
La Secretaria

Abg. María Alejandra García





El Alguacil