REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Juzgado Primero de Primera Instancia de Medicación, Sustanciación y Ejecución
Carora, 02 de octubre dos mil diecisiete
207º y 158º

ASUNTO: KP12-J-2017-000128

Solicitantes: Lipzek Isabel Torres Campos, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.943.471.

Abogado Asistente: Isabel Cristina Rodríguez Burgos, en su carácter de Defensora Pública Primera del sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

Motivo: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

En fecha 27 de julio de 2017, la ciudadana Lipzek Isabel Torres Campos, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.943.471, debidamente asistida por la abogada Isabel Cristina Rodríguez Burgos, en su carácter de Defensora Pública Primera del sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, actuando en representación sus hijas, las adolescentes (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), solicitó que sus hijas sean declaradas como únicos y universales herederos del causante Elio Isaías Rodríguez, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-15.847.467, fallecido en Urachiche, Estado Yaracuy, en fecha primero (01) de junio de 2017, tal como consta en el acta de defunción consignada que riela al folio nueve (09) de autos.

En fecha 28 de julio de 2017, se admitió la presente solicitud, se ordenó oír la opinión de las adolescentes y de los testigos propuestos. Asimismo se ordenó la publicación de un edicto en un diario de circulación local tal y como lo establece el artículo 516 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

En fecha 01 de agosto de 2017, se recibió diligencia presentada por la solicitante, quien retiro el edicto a los fines de darle su debida publicación y en fecha 02 de agosto de 2017, se dejó expresa constancia de la comparecencia de las adolescentes a manifestar su opinión.

En fecha 02 de agosto de 2017, se recibió diligencia presentada por la solicitante, mediante la cual consignó los datos de los testigos que debería presentar en su oportunidad y en fecha 04 de agosto de 2017, consignó edicto debidamente publicado en el periódico “El Caroreño”.

En fecha 21 de septiembre de 2017, se dejó constancia del vencimiento del edicto y en fecha 22 de septiembre de 2017, la Juez Temporal, abogada Maryhe Alvarez, se abocó al conocimiento de la causa y fijó la oportunidad para oír las declaraciones de los testigos promovidos.

En fecha 28 de septiembre de 2017, se dejó constancia de la comparecencia de los testigos, ciudadanos Rómulo José Rodríguez Lameda y Carmen Dayana Rosas de Rodríguez, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-19.299.571 y V-13.181.269, respectivamente.

Este Juzgado observa:

De los recaudos acompañados y de las declaraciones de los testigos, ciudadanos Rómulo José Rodríguez Lameda y Carmen Dayana Rosas de Rodríguez, ya identificados, quienes dieron fe de conocer a las adolescentes (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Únicos y Universales Herederos del causante Elio Isaías Rodríguez, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-15.847.467, a las adolescentes (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), quienes como tales concurrirán a la herencia dejada por el de cujus, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.

Expídanse copias certificadas de todas las actuaciones que contiene esta solicitud, así como de la presente decisión y archívese. Regístrese y Publíquese.

Dada firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, 02 de octubre de 2017. Años 207º y 158º.

LA JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCION


Abg. LUISA CRISTINA GONZÁLEZ CAMPOS

LA SECRETARIA (S)

Abg. MAGDALY JOSEFINA TERAN LEAL

En esta misma fecha, se registró bajo el Nº 366-2017 y se publicó siendo las 03:11 p.m.
LA SECRETARIA (S)

Abg. MAGDALY JOSEFINA TERAN LEAL


LCGC.-