REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIAS EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN CARORA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO LARA
CARORA 13 DE OCTUBRE DEL 2017
207º y 158º
ASUNTO: KP12-O-2017-000001.-
DE LAS PARTES Y SUS APODERADOS
De conformidad con lo establecido en el ordinal 2° del Artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, procede esta Juzgadora a señalar las partes y sus apoderados, a cuyo efecto establece:
PARTE DEMANDANTE: NELSON GUILLERMO ROJO YANTORNO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-81.300.693.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: ciudadano DOUGLAS RODRIGUEZ, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 11.165.
PARTE DEMANDADA: ASOCIACION CIVIL CLUB TORRES.
MOTIVO: AMPARO CONSTITUCIONAL
TIPO DE SENTENCIA: SENTENCIA INTERLOCUTORIA SIMPLE (Terminado)
I
Por recibidas las resultas de la Apelación signada con el Nº KP02-R-2017-000313, remitida del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental-Barquisimeto, con oficio Nº 451/2017, de fecha 31 de Mayo de 2017, constante de Una (01) pieza en Ochenta y Tres (83) folios útiles, declarando SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano NELSON GUILLERMO ROJO YANTORNO, titular de la cédula de identidad Nº E- 81.300.693, asistido por el Abogado DOUGLAS RODRIGUEZ, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 11.165, désele entrada y cancélese su salida. Y revisadas las actas procesales que conforman el presente asunto y por cuanto no existen más actuaciones que realizar, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, sede Carora, DECLARA TERMINADO el proceso, y ordena su remisión al archivo inactivo en su oportunidad. Así se decide.
La Juez Provisoria,
Abg. Mayra Urbaneja Zabaleta
La Secretaria,
Abg. Karla Segueri Álvarez
En esta misma fecha se registró, bajo el N° 52/2017, de los Sentencias Interlocutorias Simples dictadas por este Tribunal, y se publicó siendo las Once y Diez de la mañana, (11:10 am.), y se expidió una copia para el copiador. Conste.
La Secretaria,
Abg. Karla Segueri Álvarez