REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, veintinueve de enero de dos mil dieciocho
207º y 158º
ASUNTO: TP11-L-2016-000121
Visto el escrito de promoción de prueba presentado en su oportunidad procesal, por la parte demandante, ciudadano PANTALEON DEL CARMEN SANCHEZ, titular de la cédula de identidad No. 9.016.481, a través de su apoderado judicial Abogado RUBEN DARIO RONDÓN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 38.886, en el carácter de Procurador de Trabajadores, estando dentro de la oportunidad prevista en el artículo 75 de la Ley Orgánica; este Tribunal para su providenciación, se observa que al folio 69 cursa escrito de promoción de pruebas de la parte demandante donde promueve, marcado con la letra “A”, copias certificadas del expediente administrativo N° 070-2010-01-00008, cursante a los folio 70 al 110 del expediente; pruebas documentales éstas que se ADMITEN de conformidad con el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Jueza de Juicio
Abg. Thania Ocque
La Secretaria
Abg. Carolina Vielma