LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TRUJILLO, PAMPAN Y PAMPANITO DEL ESTADO TRUJILLO.
Solicitud Nro. 5478-17
UNICA
Vista la solicitud con sus recaudos anexos, presentada por la ciudadana: Teresa Rosalba de la Cruz Cardona, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-3.782.459, asistida por el Abogado: Manuel Ramon Perdomo Peña, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.252.128, quien actúa en representación de la conyuge sobreviviente, y de sus hijos, Luis Ramon Cardona de la Cruz, Juan Carlos Cardona de la Cruz, Carlos Cesar Cardona de la Cruz, Hector Antonio Cardona de la Cruz, Elaiza Sarina Cardona de la Cruz titulares de la cedula de identidad Nros V- 8.722.626, N° V-10.319.722, N° V-11.613.468, N| V-13.376.745, N° V-15.708.834, mediante la cual solicita que sea, conjuntamente con los referidos ciudadanos, declarados como Únicos y Universales Herederos, del de Cujus Luis Ramón Cardona Machado, quien era Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.670.535, quién falleció en fecha cinco (05) de julio de 2017, según consta del acta de defunción expedida por la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Cristobal Mendoza Municipio Trujillo del Estado Trujillo, signada con el Nro.509, la cual cursa al folio (02) de la presente solicitud.
Ahora bien, este Tribunal admite la presente solicitud con vista a los recaudos presentados: copia certificada del acta de defunción del ciudadano: Luis Ramon Cardona Machado; copias de cedula de la ciudadana Teresita Rosalba de la Cruz de Cardona, acta de matrimonio del causante con la ciudadana antes mencionada; partidas de nacimientos de los ciudadanos: Luis Ramon Cardona de la Cruz, Juan Carlos Cardona de la Cruz, Carlos Cesar Cardona de la Cruz, Hector Antonio Cardona de la Cruz, Elaiza Sarina Cardona de la Cruz.
PRUEBAS
En este estado procede este Juzgador a realizar el análisis de las pruebas presentadas por el solicitante y observa:
1.- Original del acta de defunción Nº 509 de fecha 25 de septiembre de 2017, expedida por la Prefectura de la Parroquia Cristobal Mendoza del Municipio Trujillo del Estado Trujillo del extinto Luis Ramon Cardona, en la cual se constata que el mismo falleció el cinco (05) de julio de 2017 (folio 2), documental que se aprecia de conformidad a lo dispuesto en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 1357 y 1360 del Código Civil, como demostrativa del fallecimiento del referido ciudadano.-
2.- Copias de cedulas de los ciudadanos mencionados; que demuestran la identidad de los mismos.
3.-Copia certificada del acta de Matrimonio del extinto Luis Ramon Cardona Machado con la ciudadana Teresita Rosalba de la Cruz de Cardona, donde se constata de que contrajerón matrimonio ante la Oficina del Registro Civil de la Parroquia Cruz Carrillo del Municipio Trujillo del esatdo Trujillo, en fecha seis (06) de agosto de 1993. (folio 4), documental que se aprecia de conformidad a lo dispuesto en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 1357 y 1360 del Código Civil, como demuestra que el mismo era casado con la referida ciudadana
4.- Copias certificada de las partidas de nacimiento de los ciudadanos: Luis Ramon Cardona de la Cruz, Juan Carlos Cardona de la Cruz, Carlos Cesar Cardona de la Cruz, Hector Antonio Cardona de la Cruz, Elaiza Sarina Cardona de la Cruz donde se evidencia que los referidos ciudadanos son hijos legitimos del causante: Luis Ramon Cardona Machado con la ciudadana, Teresita Rosalba de la Cruz de Cardona, (folios 7 al 15); documentales que se aprecian de conformidad a lo dispuesto en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 1357 y 1360 del Código Civil, como demostrativa de la filiación de los mencionados ciudadanos con el extinto Luis Ramón Cardona Machado, quien era el progenitor de los referidos ciudadanos.
5.-Declaracion de los testigos Mariela Coromoto Maldonado de la Cruz, y Bryan Jose Andrade Castellano, quienes manifestaron ante este Tribunal que conocían de vista trato y comunicación a los ciudadanos: Luis Ramon Cardona de la Cruz, Juan Carlos Cardona de la Cruz, Carlos Cesar Cardona de la Cruz, Hector Antonio Cardona de la Cruz, Elaiza Sarina Cardona de la Cruz de igual manera conocían al extinto, Luis Ramon Cardona Machado, que les consta que el mismo era casado con la ciudadana Teresita Rosalba de la Cruz de Cardona, por lo tanto ellos eran sus Unicos y Univesales Herederos, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, dichos testigos le merecen fe a esta Juzgadora, toda vez que los mismos fueron contestes y no incurrieron en contradicción alguna.
De las actas procesales que han sido analizadas con anterioridad, articuladas con las testimoniales de los ciudadanos Mariela Coromoto Maldonado de la Cruz, y Bryan Jose Andrade Castellano queda probada la filiación que une a los ciudadanos: Luis Ramon Cardona de la Cruz, Juan Carlos Cardona de la Cruz, Carlos Cesar Cardona de la Cruz, Hector Antonio Cardona de la Cruz, Elaiza Sarina Cardona de la Cruz, con el extinto Luis Ramon Cardona Machado, por lo que lo procedente en derecho es declarar como únicos y universales herederos del extinto Luis Ramon Cardona Machado a los ciudadanos, Luis Ramon Cardona de la Cruz, Juan Carlos Cardona de la Cruz, Carlos Cesar Cardona de la Cruz, Hector Antonio Cardona de la Cruz, Elaiza Sarina Cardona de la Cruz por mandato del artículo 937 del Código de Procedimiento civil. Así se decide
DECISION
En consecuencia, de lo anteriormente expuesto y probado como ha sido lo solicitado, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de Cujus Luis Ramon Cardona Machado, quien falleció el dia 05 de julio de 2017, según consta del Acta de Defunción Nº 509, de fecha 25/09/2017 , expedida por el Registro Civil de la Parroquia Cristobal Mendoza del Municipio y Esatdo Trujillo, a los ciudadanos Teresita Rosalba de La Cruz de Cardona, Luis Ramon Cardona de la Cruz, Juan Carlos Cardona de la Cruz, Carlos Cesar Cardona de la Cruz, Hector Antonio Cardona de la Cruz, Elaiza Sarina Cardona de la Cruz, titulares de la cedula de identidad Nros V- 3.782.459, V- 8.722.626, N° V-10.319.722, N° V-11.613.468, N°V-13.376.745, N° V-15.708.834, respectivamente, en su condición de cónyuge e hijos del causante Luis Ramon Cardona Machado.
Se dejan a salvo los derechos que los terceros pudieran tener ante el presente decreto. Devuélvase todas las actuaciones en original a la solicitante, y déjese copia fotostática certificada de las mismas en el archivo de este Juzgado.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en Trujillo a los once (11) días del mes de Enero de dos mil dieciocho. (2018). Años 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
LA JUEZA SUPLENTE.
ABG. MIREYA CARMONA TORRES
EL SECRETARIO TEMPORAL
ABG. RAFAEL GREGORIO RUZA BASTIDAS
En la misma fecha se público el fallo siendo las 02:30 pm
EL SECRETARIO TEMPORAL
ABG. RAFAEL GREGORIO RUZA BASTIDAS.
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