REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Dieciséis (16) de Febrero de 2018
207º y 158º
ASUNTO: KP02-H-2018-0000216
SOLICITANTES: MISAEL JOSE CENTENO CHIRINOS y ADRIANA VALERIA RIVERO ESPINOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs V-24201775 y V-20472346 respectivamente, y de este domicilio.
BENEFICIARIO(S): IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE
FECHA DE NACIMIENTO: 10/07/2016 y 17/11/2013
MOTIVO: HOMOLOGACION REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
DERECHOS PROTEGIDOS: DERECHO A TENER UNA FAMILIA
Por recibido en fecha 07/02/2018 el escrito que antecede y los recaudos anexos, suscrito por el FISCAL AUXILIAR DECIMA CUARTA de esta Circunscripción Judicial, a instancias de los ciudadanos MISAEL JOSE CENTENO CHIRINOS y ADRIANA VALERIA RIVERO ESPINOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs V-24201775 y V-20472346 respectivamente; en beneficio de IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE; este Tribunal le da entrada y lo admite de conformidad con el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescente, cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley al respecto se observa del acta levantada por el FISCAL AUXILIAR DECIMA CUARTA que el acuerdo al cual llegaron las partes se especifica a continuación:
“PRIMERO: el padre compartia con los niños un fin de semana cada 15 dias buscandolos el viernes a las 06:00pm y los regresara el dia domingo a las 12:00pm. SEGUNDO: el dia del padre compartira los niños con el padre y el dia de la madre con la madre. TERCERO: el padre compartira con los niños carnaval y madre en semana santa y en años venderos sera alternado. CUARTO: el padre compartira con los niños el 24 de diciembre y la madre el 31 de diciembre y en años venideros sera alternado. QUINTO: el dia del cumpleaños de los niños el padre compartira por la tarrde y la madre por la mañana y en años venideros sera alternados. SEXTO: en las vacaciones escolares el padre compartira con los niños 15 dias y 15 dias con la madre de manera alternada hasta culminar las mismas. Es todo.”
Revisado como ha sido el acuerdo suscrito por los progenitores del beneficiario(a) IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE y siendo que el mismo no vulnera sus derechos, por cuanto el REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR es una de las Instituciones Familiares susceptible de conciliar por las partes, es por lo que se procede a Homologar el acuerdo presentado por el FISCAL AUXILIAR DECIMA CUARTA de esta Circunscripción Judicial, quien conforme a la ley tiene competencia para conciliar.
En consecuencia, este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección del Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 385, 387 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA el acuerdo extrajudicial y en consecuencia ordena se tenga como sentencia firme.
Expídanse por Secretaría las copias certificadas que soliciten las partes. Dada, firmada y sellada en el Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, a los Dieciséis (16) días del Mes de Febrero de 2018. Año 207º y 158º.
LA JUEZ NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION,
ABG. ANAMINTA PEÑALOZA ESPINOZA
La Secretaria,
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 404 -2018 y se publicó siendo las 09:02 am.
La Secretaria,
APE/SugeyV.-
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