REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara (Carora)
Carora, once (11) de junio de dos mil dieciocho
208º y 159º

ASUNTO: KH12-V-2007-000042

Solicitante (S): Yamileth Chiquinquirá Riera y Richard Rafael Suárez, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-12.690.020 y V-12.943.272, respectivamente.

Beneficiario: Josué De Jesús Freitez Pineda, titular de la cédula de identidad N° 28.525.960.

Motivo: Colocación Familiar.

En fecha treinta y uno (31) de julio del 2015, fue dictada Colocación Familiar mediante sentencia signada bajo el N° 48-2015, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a favor del beneficiario ciudadano Josué De Jesús Freitez Pineda, ya identificado, ordenándose los respectivos seguimientos.

En fecha 30 de septiembre de 2015, la Juez Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución, Abogada Luisa Cristina González Campos, se abocó al conocimiento de la presente causa, ordenando los respectivos seguimientos.

En fecha 11 de junio de 2018, se aboca al conocimiento de la presente causa la Juez Suplente Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Bertha María Álvarez Andueza.

Este Juzgado observa:

De la revisión exhaustiva del presente asunto se desprende de la copia certificada de la partida de nacimiento del beneficiario Josué De Jesús Freitez Pineda, que corre inserta al folio doscientos cuarenta y cinco (245) de autos, que el mismo alcanzó su mayoridad, trayendo como consecuencia la finalización de este procedimiento. Así se decide.



DECISIÓN

En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara Terminada la Colocación Familiar dictada en fecha treinta y uno (31) de julio del 2015, mediante sentencia signada bajo el N° 48-2015.

Expídase por la secretaria copia certificada de esta sentencia a la parte interesada, para el archivo y dese por terminado en el sistema Juris 2000.

Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, once (11) de junio de 2018. Año 208º y 159º.

LA JUEZ SUPLENTE PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN


Abg. BERTHA MARÍA ÁLVAREZ ANDUEZA

LA SECRETARIA


Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 148 – 2.018 y se publicó siendo las 11:44 a.m

LA SECRETARIA


Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA


KH12-V-2007-000042
BMAA/af.-