REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Carora, trece de marzo de dos mil dieciocho
207º y 159º
ASUNTO Nº KP12-S-2017-000778.
La ciudadana CARMEN COROMOTO ROJAS DE BASTIDAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.070.579, de éste domicilio; asistida por la Abogada en ejercicio ANDREA VERÓNICA UCHELO L., inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 280.810, presentó escrito por ante este Tribunal, en el cual solicita la Rectificación de su Partida de Nacimiento, inserta por ante la Prefectura del Municipio Torres del Estado Lara, bajo el N° 224, folio 112, de fecha 01 de Abril de 1.952, por cuanto se incurrió en el error al asentar el nombre de la madre como “ROSARIO MARTINEZ” siendo lo correcto “MARIA ROSARIO”. Así mismo solicitó en dicho escrito, la Rectificación del acta de Defunción de su madre MARÍA ROSARIO MARTÍNEZ DE ROJAS, inserta por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara, bajo el N° 252, folio 127 Vto., por cuanto se incurrió en el error al asentar que “deja cuatro hijos de nombres: Carmen, Hayde, Rafael y Sulma”, siendo lo correcto “DEJA DOS HIJOS DE NOMBRES: CARMEN COROMOTO Y JOSÉ RAFAEL ROJAS MARTÍNEZ”
La solicitud se admitió acordándose publicar un Edicto por la prensa y notificar al ciudadano Fiscal del Ministerio Público.
Ahora bien, este Tribunal para decidir observa:
Con los recaudos acompañados a la solicitud, vencidos como fueron los diez días de despacho contados a partir de la publicación y consignación del Edicto librado y oídas como fueron las declaraciones de los testigos ciudadanos RAFAEL JOSÉ QUINTERO OÑATE y MARCOS MARTÍNEZ, titulares de las cédulas de identidad N°s, 5.936.118 y 5.925.008, respectivamente, quienes dieron fe de conocer a la causante y a su madre, declaraciones éstas que se valoran por ser contestes en sus dichos y no habiendo objeción por parte del Fiscal del Ministerio Público del Estado Lara en relación a lo solicitado, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA dichas rectificaciones en el sentido de que se asiente correctamente en el Acta de Nacimiento de la ciudadana CARMEN COROMOTO ROJAS DE BASTIDAS, inserta por ante la Prefectura del Municipio Torres del Estado Lara, bajo el N° 224, folio 112, de fecha 01 de Abril de 1.952, el nombre de la madre de la solicitante como “MARIA ROSARIO MARTÍNEZ”, quedando sin efecto “ROSARIO”; asimismo se asiente en el acta de Defunción de la madre de la solicitante ciudadana MARÍA ROSARIO MARTÍNEZ DE ROJAS, inserta por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Juan de Villegas, Municipio Iribarren del Estado Lara, bajo el N° 252, folio 127 Vto., que “DEJA DOS HIJOS DE NOMBRES: CARMEN COROMOTO Y JOSÉ RAFAEL ROJAS MARTÍNEZ, quedando sin efecto: “deja cuatro hijos de nombres: Carmen, Hayde, Rafael y Sulma”. En consecuencia, se ordena al Registro Civil de los Municipios Torres e Iribarren y al Registrador Principal del Estado Lara, insertar las correspondientes notas marginales en el acta de Nacimiento y Acta de Defunción antes descritas. Expídanse copias certificadas de esta sentencia a los interesados y envíense las necesarias a las autoridades Civiles competentes mediante oficios a los fines legales consiguientes. Expídase copia certificada por secretaría de esta sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, trece de Marzo del año dos mil dieciocho. Años: 207º y 159º.
El Juez,
Abg. Rafael José Martínez Rivero La Secretaria,
Abg. Migdaly Lozada de U.
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 17/2018, de la Sentencias Definitivas, dictadas por este Tribunal, se publicó siendo las 2:00 p.m., y se expidió copia certificada para archivo.
La Secretaria,
Abg. Migdaly Lozada de U.
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