REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de mayo de dos mil dieciocho
208º y 159º
ASUNTO : KP02-H-2018-000644
SOLICITANTES: FRANK RAMON CAMACHO GAONA y ROSANGELICA CASTILLO COLMENAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-18.422.847 y V-22.263.610, respectivamente, y de este domicilio.
BENEFICIARIO(S): Omitido según lo dispuesto en el artículo 65 Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
FECHA DE NACIMIENTO: 22/07/2012 y 03/09/2014.
MOTIVO: HOMOLOGACION RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR.
FECHA DE ENTRADA AL ÓRGANO: 16/05/2018
DERECHO PROTEGIDO: A TENER UNA FAMILIA.
Por recibido en fecha 15/05/2018 el escrito que antecede y los recaudos anexos, suscrito por el FISCAL ENCARGADA DÉCIMO CUARTA DEL MINISTERIO PÚBLICO, ABG. JHONNY JOSÉ GÓMEZ ALVAREZ DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, a instancias de los ciudadanos FRANK RAMON CAMACHO GAONA y ROSANGELICA CASTILLO COLMENAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-18.422.847 y V-22.263.610, respectivamente; en beneficio de los niños Omitido según lo dispuesto en el artículo 65 Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; este Tribunal le da entrada y lo Admite de conformidad con el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescente, cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley al respecto se observa del acta levantada por el FISCAL ENCARGADA DÉCIMO CUARTA DEL MINISTERIO PÚBLICO, ABG. JHONNY JOSÉ GÓMEZ ALVAREZ DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, que el acuerdo al cual llegaron las partes se especifica a continuación:
“PRIMERO: El padre compartirá con los niños un fin de semana cada 15 días buscándolo en el hogar materno el día sábado a las 09:00 a.m., y lo regresará el día lunes a las 10:00 a.m. SEGUNDO: El día del padre compartirán los niños con el padre y el día de la madre con la madre. TERCERO: El padre compartirá con los niños semana santa y la madre carnaval y en años venideros será alternado. CUARTO: El padre compartirá con los niños el 24 de diciembre y la madre el 31 de diciembre y en años venideros será alternado QUINTO: el día del cumpleaños de los niños ambos padres compartirán con sus hijos SEXTO en las vacaciones escolares, el padre compartirá con sus hijos 15 días y 15 días con la madre de manera alternada hasta culminar la misma.”
Revisado como ha sido el acuerdo suscrito por los progenitores de los niños Omitido según lo dispuesto en el artículo 65 Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y siendo que el mismo no vulnera sus derechos, por cuanto el RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR es una de las Instituciones Familiares susceptible de conciliar por las partes, es por lo que se procede a Homologar el acuerdo presentado por el FISCAL ENCARGADA DÉCIMO CUARTA DEL MINISTERIO PÚBLICO, ABG. JHONNY JOSÉ GÓMEZ ALVAREZ, quien conforme a la ley tiene competencia para conciliar.
En consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección del Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 385, 387 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA el acuerdo extrajudicial y en consecuencia ordena se tenga como sentencia firme.
Expídanse por Secretaría las copias certificadas que soliciten las partes. Dada, firmada y sellada en el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, a los 17 días del mes de mayo del año dos mil dieciocho (2.018). Año 208º y 159º.
LA JUEZ TERCERA DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION,
ABG. ANDREINA MARGARITA MARRELLI PALENCIA
EL SECRETARIO,
Abg. JESUS PEREZ
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 559 -2018 y se publicó siendo las 1:00 p.m.
EL SECRETARIO,
Abg. JESUS PEREZ
AMMP/Mariangel Colmenares.-
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