REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara
Barquisimeto, siete de mayo de dos mil dieciocho
208º y 159º

ASUNTO : KP02-H-2018-000566

SOLICITANTES: IRAILIN ANDREINA LAMEDA HERNANDEZ y JORGE LUIS ROMAN COLMENAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-23814157 y V-24418984 respectivamente, y de este domicilio.
BENEFICIARIO(S): Omitido según lo dispuesto en el articulo 65 Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
FECHA DE NACIMIENTO: 14 DE FEBRERO DE 2016

MOTIVO: HOMOLOGACION OBLIGACION DE MANUTENCION
DERECHOS PROTEGIDOS: A LA NUTRICION Y SUPERVIVENCIA

Por recibido en fecha 30 DE ABRIL DE 2018 el escrito que antecede y los recaudos anexos, suscrito por el FISCAL DECIMO QUINTA DEL MINISTERIO PUBLICO ABG. WILLINGER ALEXANDER GOMEZ de esta Circunscripción Judicial, a instancias de los ciudadanos IRAILIN ANDREINA LAMEDA HERNANDEZ y JORGE LUIS ROMAN COLMENAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-23814157 y V-24418984 respectivamente; en beneficio de Omitido según lo dispuesto en el articulo 65 Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; este Tribunal le da entrada y lo admite de conformidad con el artículo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescente, cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley al respecto se observa del acta levantada por el FISCAL DECIMO QUINTA DEL MINISTERIO PUBLICO ABG. WILLINGER ALEXANDER GOMEZ que el acuerdo al cual llegaron las partes se especifica a continuación:

“ UNICO: EL PADRE APORTARA LA CANTIDAD DE SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (BS 600.000,00) PARA ALIMENTOS DE SU HIJO CUYO APORTE LO REALIZARA, ANTES DE LOS DIAS 30 DE CADA MES, EN LA CUENTA DE AHORRO A NOMBRE DE LA MADRE, DEL BANCO DE VENEZUELA, SIGNADO CON EL N° 0102-0308270105300637, MAS 50% DE UTILES ESCOLARES, REQUIERA DE ROPA, CALZADOS, DECEMBRINOS, MEDICOS, MEDICINAS, VITAMINAS Y UNIFORMES ESCOLARES, RECREACION, Y LOS DEMAS GASTOS QUE SE GENEREN. ESTE MONTO TENDRA UN INCREMENTO AUTOMATICO DE ACUERDO AL AUMENTO DE SUELDO DICTADO POR EL EJECUTIVO NACIONAL O CUANDO EL PROGENITOR TENGA MEJOR INGRESO.”

Revisado como ha sido el acuerdo suscrito por los progenitores del beneficiario(a) Omitido según lo dispuesto en el articulo 65 Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y siendo que el mismo no vulnera sus derechos, por cuanto la OBLIGACION DE MANUTENCION es una de las Instituciones Familiares susceptible de conciliar por las partes, es por lo que se procede a Homologar el acuerdo presentado por el FISCAL DECIMO QUINTA DEL MINISTERIO PUBLICO ABG. WILLINGER ALEXANDER GOMEZ de esta Circunscripción Judicial, quien conforme a la ley tiene competencia para conciliar.

En consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección del Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 365, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA el acuerdo extrajudicial y en consecuencia ordena se tenga como sentencia firme.

Expídanse por Secretaría las copias certificadas que soliciten las partes. Dada, firmada y sellada en el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, 07 de mayo de 2018. Año 208º y 159º.

LA JUEZ TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION,



Abg. ANDREINA MARGARITA MARRELLI PALENCIA

EL SECRETARIO
ABG. ANDRI PACHECO


En esta misma fecha se registró bajo el Nº 508-2018 y se publicó siendo las 09:20 am.


EL SECRETARIO
ABG. ANDRI PACHECO

AMMP/MARIAE*/.-