REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TRIGÉSIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Trigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Siete (07) de Noviembre del Dos Mil Dieciocho (2018)
208º y 159º
ASUNTO: AP31-S-2018-005856

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus CARMEN DOMITILA CAMPERO CELIS quien en vida fue titular de la cédula de identidad Nº V.- 93.809, a sus hijos, ciudadanos JOSE RAFAEL ESCALONA CAMPERO y LUIS ENRIQUE ESCALONA CAMPERO, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cedula de identidad Nº V-1.886.965 y V- 2.107.074.
Se acuerda expedir copias certificadas de la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, previo suministro de los fotostatos necesarios, dejando copia certificada del presente decreto en el archivo de este Circuito Judicial, en atención a lo previsto en el artículo 13 de la Resolución Nº 2012-0001 de fecha 11 de Abril de 2012, dictada por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Devuélvase las presentes actuaciones en original a los interesados. Cúmplase.-
LA JUEZ TITULAR


DRA. MARIA CECILIA CONDE MONTEVERDE
LA SECRETARIA TITULAR


ABG. ADRIANA PLANAS
MCCM/AP/Mariela
AP31-S-2017-005856
DIARIZADO: (02)
FECHA:07/11/2018