REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CRESPO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Duaca, 09 de Agosto de 2019
Años: 209º y 160º

SOLICITUD: 236-2018

Vista la declaración rendida en fecha 09/11/2018 por la ciudadana: RODRIGUEZ CORONEL ANDREINA, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.387.689, actuando en nombre y representación del ciudadano JULIO CESAR RODRIGUEZ CORONEL, venezolano, hábil, titular de la cedula de identidad N° V-13.345.375, según consta en poder registrado por ante la Oficina de Registro Publico del Municipio Palavecino Estado Lara, bajo el N° 29, Folio 104; Tomo 18 del protocolo de transcripción en fecha 27 de Junio del 2018, este Tribunal conforme a lo expresamente dispuesto y establecido en los Artículos 1.364 del Código Civil, 444 y 631 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA RECONOCIDO el Instrumento Privado producido al efecto por el solicitante, ciudadano: MANOUSAKAS ANDREAS, extranjero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-84.558.678, de este domicilio, asistido por el Abg. Williams Alexander Tami Correa, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 199.770, plenamente identificados en autos, que corre inserto al folio dos (02) frente y vuelto de las presentes actuaciones, el cual versa sobre la venta de una parcela de terreno y casa sobre ella construida, distinguida con el N°19, Ubicada en la “Urbanización Brisas de EL Eneal”, situada en la población de El Eneal, Parroquia Jose Maria Blanco, Municipio Crespo Del Estado Lara, la cual tiene un area de Doscientos Metros Cuadrados (200mts2), representa el 37.787%, del total del area vendible, cuya descripción e identificación se señala en dicho instrumento, celebrado entre los ciudadanos: MANOUSAKAS ANDREAS y RODRIGUEZ CORONEL ANDREINA actuando en nombre y representación de JULIO CESAR RODRIGUEZ CORONEL, ya identificados. Devuélvase lo actuado en original al solicitante, previa constancia que de ello se deje en el Libro Diario del Despacho. Cúmplase.-
El Juez: La Secretaria Acc:


Abg. Richard Alexander Valera Q. Maryluz López Pérez.





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