REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Dieciocho (18) de Febrero de dos mil diecinueve
208º y 159º
ASUNTO: KP02-S-2019-000146
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por los ciudadanos FLOR DE MARIA MONTERO ROJAS, OLGA ROSA ROJAS DE MONTERO, ANGELA NELLY ROJAS APONTE, JORGE LUIS ROJAS YEPEZ, JESUS ENRIQUE ROJAS YEPEZ, GILBERT JOSE ROJAS YEPEZ, PEDRO RAFAEL ROJAS YEPEZ, ALI JOSE ROJAS APONTE, LUCINDA MARIELA MONTERO ROJAS Y FRANCISCO ANTONIO MONTERO ROJAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.738.915, V-2.540.976, V-4.377.696, V-10.771.716, V-15.448.216, V-7.396.442, V-7.410.059, V-2.199.708, V-9.601.500 y V-9.601.499, asistidos en este acto por el Abogado en Ejercicio: Greddy Eduardo Rosas Castillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 119.372; evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de los solicitantes la propiedad de las mejoras realizadas a las bienhechurías que están conformadas de la siguiente manera: PLANTA BAJA: A) En la parte frontal del terreno, un local comercial con una superficie de construcción de Treinta y nueve metros cuadrados con setenta y cuatro decímetros cuadrados (39,74 mts2) construido con paredes de bloque y concreto, techo de platabanda, piso de cerámica y una Santamaría; B) En la parte posterior del terreno una casa construidas con paredes de bloque y concreto, techo de platabanda y piso de cerámica, constituido con dos baños y sus respectivos accesorios, sala, comedor, cocina, área de servicio y patio; PLANTA ALTA: tres (3) habitaciones, un (1) baño con todos sus accesorios, y un (1) balcón, construidos con paredes de bloque y concreto, techo de platabanda y piso de granito; las cuales construyeron a sus propias expensas y con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO PRIVADO ubicado en la carrera 19 entre calles 46 y 47, N° 46-78, Sector Centro, Parroquia Concepción del Municipio Iribarren del Estado Lara, cuyas medidas y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y ejecutor de Medidas de Municipio Iribarren del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de los solicitantes, ciudadanos: FLOR DE MARIA MONTERO ROJAS, OLGA ROSA ROJAS DE MONTERO, ANGELA NELLY ROJAS APONTE, JORGE LUIS ROJAS YEPEZ, JESUS ENRIQUE ROJAS YEPEZ, GILBERT JOSE ROJAS YEPEZ, PEDRO RAFAEL ROJAS YEPEZ, ALI JOSE ROJAS APONTE, LUCINDA MARIELA MONTERO ROJAS Y FRANCISCO ANTONIO MONTERO ROJAS, anteriormente identificados, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. Queda firme en esta misma fecha.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los DIECIOCHO (18) DIAS DEL MES FEBRERO DE DEL AÑO 2019. Años: 208° y 159º.
La Juez Temporal,
Abg. Josmery Enid Parra De Montes.
La Secretaria Suplente,
Abg. Lucila Suarez Alvarado.