REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Veintisiete (27) de Febrero de dos mil diecinueve
208º y 160º
ASUNTO: KP02-S-2019-000015
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana: XULIMAR DEL CARMEN MEDINA GIMENEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-20.187.838, asistida en este acto, por la Abogada en Ejercicio: Patricia Azuaje, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 229.861, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías consistentes en una casa que consta de tres anexos, el primero como vivienda principal de un cuarto, un baño, cocina, sala, patio delantero y trasero; un segundo anexo de un cuarto con baño, construidos con paredes de bloques frisados, piso de cemento y techo de acerolit, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO ubicado en la calle 4 con calle 6 y avenida 2, Barrio Cerro Gordo, Barquisimeto, Municipio Iribarren del Estado Lara, cuyas medidas y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante ciudadana: XULIMAR DEL CARMEN MEDINA GIMENEZ, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. Queda firme en esta misma fecha.
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los VEINTISIETE (27) DIAS DEL MES FEBRERO DEL AÑO 2019. Años: 208° y 160º.
La Juez Temporal,
Abg. Josmery Enid parra De Montes.
La Secretaria Suplente,
Abg. Lucila Suarez Alvarado.
JEPM//LSA//AJG
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