REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, dos de julio de dos mil diecinueve
209º y 160º
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: TP11-L-2017-000080
PARTE ACTORA: YARITZA GABRIELA HERNANDEZ
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: LORENZO VALLADARES
PARTE DEMANDADA: FUNDACION LA SALLE DE CIENCIAS NATURALES, CAMPUS BOCONO
ABOGADAS APODERADAS DE LA PARTE DEMANDADA: Abg. IVONNE YANIRA MONCADA ROJAS, THAMARA VILORIA CEDEÑO
MOTIVO: CALÑIFICACIÒN Y REENGANCHE DE LEY
En el día de hoy 02 de julio de 2019, siendo las 11:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, en el presente asunto y una vez que el alguacil hizo el llamado a las puertas del Tribunal deja constancia que comparecen la parte demandante ciudadana YARITZA GABRIELA HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 10.264.065, y su Apoderado Judicial, Abogado LORENZO HIDALGO VALLADARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 104.986, igualmente se encuentra presente las Apoderadas Judiciales de la parte demandada FUNDACION LA SALLE DE CIENCIAS NATURALES CAMPUS BOCONO, Abogadas IVONNE YANIRA MONCADA ROJAS, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 183.432, THAMARA VILORIA CEDEÑO, inscrita en el Inpreabogado Nº 48.953. Seguidamente, ambas partes (Demandante y Demandada) exponen al Juez que durante el lapso establecido para las conversaciones conciliatorias llegaron al presente acuerdo conciliatorio el cual fue como en efecto manifiestan al Tribunal en el presente acuerdo:
PRIMERO: LA FUNDACION LA SALLE DE CIENCIAS NATURALES CAMPUS BOCONO, Acepta reincorporar de manera inmediata a la docente YARITZA GABRIELA HERNANDEZ, titular de la cédula de Identidad Nº 10.264.065, en el cargo de Coordinación en el Instituto Universitario de Tecnología del Mar (IUTEMAR), perteneciente a la misma LA FUNDACION SALLE DE CIENCIAS NATURALES CAMPUS BOCONO. SEGUNDO: Ambas partes se obligan a participar en una mesa técnica de trabajo que se establece y que iniciara sus funciones en los primeros quince (15) días en el mes de octubre de 2019, en la cual se establecerá la reincorporación de la docente al cargo de docente de aula en la escuela técnica Agropecuaria Aldea de los Muchachos. En el entendido que para el cumplimiento del presente acuerdo se fija un lapso de seis (6) meses que fenece en el mes de diciembre del año 2019. TERCERO: LA FUNDACION LA SALLE DE CIENCIAS NATURALES CAMPUS BOCONO, dentro de este mismo lapso y en la medida en que exista la vacante en la nomina de la Asociación Venezolana del Colegio Católico (AVEC), incluirá a la docente YARITZA GABRIELA HERNANDEZ, para que pase a formar parte a dicha nomina. CUARTO: LA FUNDACION LA SALLE DE CIENCIAS NATURALES CAMPUS BOCONO, procederá a realizar el pago de los salarios caídos, para los cuales realizaran el cálculo dentro de los veintidós (22) días continuos siguientes y procederá al pago para el cual dispondrá un lapso que no supera el quince (15) de octubre de 2019. QUINTO: Ambas partes solicita al Tribunal imparta la homologación del presente acuerdo y se mantenga la causa que se sustancia en el presente expediente en el archivo del Tribunal, archivo no definitivo, una vez que se verifique en el mes de enero en el AÑO 2020, del cumplimiento del presente acuerdo sea cuando se archive de manera definitiva, caso contrario se cumpla los efectos de ley. Visto lo solicitado por las partes, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO CONCILIATORIO Y LE OTORGA EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA, manteniendo la presente causa en estado de Archivo no definitivo, en el archivo sede.
ABG. LUIS LEANDRO TREJO AZUAJE
Juez Primero de Primera Instancia
De Sustanciación, Mediación y Ejecución.
DEMANDANTE APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
La secretaria
LORENY LINARES
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