REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara (Carora)
Carora, (15) quince de noviembre de dos mil diecinueve
209º y 160º

ASUNTO: KP12-J-2019-000068
Solicitante: Yorbelys Viviana Márquez Cordero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-25.341.162.

Parte Demandada: Reinaldo Montes López, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-25.254.330.

Abogado Asistente: Carlos Javiel Primera Amaro, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 199.723.

Motivo: DIVORCIO 185-A

Visto que en fecha 06 de noviembre de 2019, se admitió la presente solicitud, tal y como lo indica la norma del artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y por cuanto las partes no señalaron lo referente al régimen de convivencia familiar en las medidas provisionales, de conformidad con lo establecido en la norma del artículo 351 eiusdem, concediéndose cinco (05) días de despacho. Igualmente, se ordenó oír la opinión del niño (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.). Habiéndose vencido el lapso concedido para que la parte solicitante consignara lo requerido, se observa que no se ha dado cumplimiento a lo ordenado por este Juzgado. En consecuencia, se declara la INADMISION SOBREVENIDA, por ser imposible seguir adelante con la presente solicitud sin la debida subsanación. Es todo y en consecuencia se ordena el archivo del presente asunto.

LA JUEZ SUPLENTE PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN


Abg. OLIVA GIL

LA SECRETARIA (S)

Abg. JESSICA CAROLINA CARRASCO
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 117-2019 y se publicó siendo las 09:19 a.m.
LA SECRETARIA (S)


Abg. JESSICA CAROLINA CARRASCO

KP12-J-2019-000068
OG/pm.-