REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Lara (Carora)
Carora, veintisiete (27) de enero de dos mil veintiuno
210º y 161º
ASUNTO: KP12-V-2014-000175
Solicitante (S): Lilian Josefina Pacheco Álvarez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.952.732.
Beneficiario: (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-(Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.). Fecha de nacimiento14/12/2002.
Motivo: Colocación Familiar.
En fecha dos (02) de julio del 2014, se recibió escrito por parte de la ciudadana Lilian Josefina Pacheco Álvarez, antes identificada, en beneficio de la de la niña (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), debidamente asistida por la Defensora Pública Primera del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Abg. Isabel Cristina Rodríguez. En fecha 04 de julio de 2014, se admitió y por consiguiente se ordeno la notificación del ciudadano Alexis Antonio Serrano Burgos, titular de la cédula de identidad N° V-14.261.818, de la Trabajadora Social Lcda. Alibeth Cormadi Navas Nava. Asimismo se ordeno escuchar la opinión de la niña y se instó a la parte demandante a los fines de que consignará copia certificada del acta de matrimonio y la dirección del domicilio del demandado.
En fecha 19 de diciembre de 2014, por medio de auto la suscrita secretaria dejó constancia de que fue librado oficio N° 961-2014 al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio.
En fecha 05 de febrero de 2015, fue dictada la medida Provisional de Colocación Familiar mediante sentencia signada bajo el N° 07-2015, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a favor de la beneficiaria ciudadana Katerine Gabriela Serrano Pacheco, ya identificada, ordenándose los respectivos seguimientos.
En fecha 1° de julio de 2015, se aboca al conocimiento de la presente causa la Juez Temporal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Maryhé Georgina Álvarez Álvarez.
En fecha 14 de agosto de 2019, se aboca al conocimiento de la presente causa la Juez Suplente Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Oliva Del Carmen Gil. Asimismo por medio de auto se ratifica la medida provisional de Colocación Familiar, dictada en fecha cinco (05) de febrero de 2015.
En fecha 22 de octubre de 2020, se aboca al conocimiento de la presente causa la Juez Provisoria Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Abg. Yackelin Villegas Nava. Asimismo por medio de auto se ratifica la medida provisional de Colocación Familiar, dictada en fecha cinco (05) de febrero de 2015.
Este Juzgado observa:
De la revisión exhaustiva del presente asunto se desprende de la copia certificada de la partida de nacimiento de la beneficiaria (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), que corre inserta al folio diez (10) de autos, que la misma alcanzó su mayoridad, trayendo como consecuencia la finalización de este procedimiento. Así se decide.
DECISIÓN
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara Terminada la Colocación Familiar dictada en fecha cinco (05) de febrero del 2015, mediante sentencia signada bajo el N° 07-2015, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, por cuanto la beneficiaria, es decir, la ciudadana Katerine Gabriela Serrano Pacheco, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-28.773.195, cumplió su mayoridad.
Expídase por la secretaria copia certificada de esta sentencia a la parte interesada, para el archivo y dese por terminado en el sistema Juris 2000.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, veintisiete (27) de enero de 2021. Año 210º y 161º.
LA JUEZ PROVISORIA PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN
Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA
LA SECRETARIA
Abg. JORGELINA SUAREZ
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 05–2.021 y se publicó siendo las 11:23 a.m.
LA SECRETARIA
Abg. JORGELINA SUAREZ
KP12-V-2014-000175
YVN/pm.-
“30° Aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño 1989-2019”.
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