REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce (12) de Diciembre de dos mil veintidós (2022)
212º y 163º
ASUNTO: S-2022-N°4372
Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano: ALYERE JOSE ARENAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°. V-16.531.780 asistido en este acto, por la abogada en Ejercicio: JUDITH PALMERA, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N°108.633 evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en el barrio la victoria carrera 1A con calle 4 casa S/N, Parroquia unión Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y evacuadas las testimoniales de las ciudadanos IVON MARIA PARRA MELENDEZ y MARIO JOSE RODRIGUEZ SIRA , venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-10.843.962 y V-7.372.746, respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del solicitante ciudadano: ALYERE JOSE ARENAS, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://lara.tsj.gob.ve/
El Juez,
Abg. Jhonny José Alvarado Hernández
El Secretario,
Abg. Lewis Carrasco Rangel
Jalvarado/Lcr/Alv.-.