REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete (07) de diciembre del 2022
212º y 163º

ASUNTO: KP02-S-2021-000963
SOLICITANTE: MAIBY YANETH ROSALES ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de las C.I N° 17.354.523.
ABOGADO DEL SOLICITANTE: LILIANA GUERRERO SOLORZANO, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 177.101
MOTIVO: DUUH.-
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.-

I
RELACIÓN DE LOS ACTOS PROCESALES
Y ALEGATOS DE LOS SOLICITANTES

Se inicia el presente procedimiento por solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, suscrito por la ciudadana MAIBY YANETH ROSALES ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de las C.I N° 17.354.523, asistida por la Abogada LILIANA GUERRERO SOLORZANO, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 177.101, mediante el cual alegó que, el día veintisiete (27) de febrero del 2021,falleció ab-Intestato el ciudadano JUAN MIGUEL FLORES CARRASCO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la C.I N° 14.246.192, que a los fines de comprobar la condición de herederos de su persona y de su hijo MAICKEL ARTURO FLORES ROSALES, consignar acta de nacimiento y acta de matrimonio, así como acta de defunción del de cujus.
II
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR

En fecha veintisiete (27) de mayo del 2022, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el ultimo aparte del artículo 507 del código civil, se publicará el presente edicto, a fin de que cualquier persona que tenga interés directo y manifiesto en el asunto, concurra ante este Tribunal dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la constancia del mismo, a hacerse parte en el juicio, ahora bien, se observa que la solicitante no realizó lo conducente para el impulso procesal, en tal sentido, el Código de Procedimiento Civil Venezolano, dispone lo siguiente:

Artículo 267. Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes.

Asimismo, establece el artículo 269 eiusdem, lo siguiente:

Artículo 269. La perención se verifica de derecho y no es renunciable por las partes. Puede declararse de oficio por el Tribunal y la sentencia que la declare en cualquiera de los casos del artículo 267, es apelable libremente.

Ahora bien, este juzgador observa, que en la presente solicitud de Declaración de Únicos Universales Herederos, la parte no continuó, ni insistió en proseguir con la presente causa, siendo que de la misma se evidencia que han transcurrido más de un (01) año, sin expresar algún interés procesal en la misma, desde la fecha del auto, hasta la presente fecha, es por ello, que no debe este Tribunal pasar por alto lo evidenciado, como lo es la falta de interés procesal del solicitante en el perfeccionamiento de la relación jurídica procesal, por lo que, forzosamente este Juzgador debe concluir que, en el caso de autos ha operado de oficio la perención, así se decide.
III
DECISIÓN
En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PERENCION DE LA INSTANCIA, en la presente solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, suscrita por la ciudadana MAIBY YANETH ROSALES ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de las C.I N° 17.354.523, asistida por la Abogada LILIANA GUERRERO SOLORZANO, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 177.101
Publíquese, Regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://.lara.tsj.gob.ve, déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 248 del Código de Procedimiento Civil, remítase el presente expediente en la oportunidad correspondiente para su resguardo al Archivo Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los siete (07) de diciembre del 2022. Años 212º de la Independencia y 163º de la Federación.-
El Juez,



Magdiel José Torres.

La Secretaria

Lucila Suarez Alvarado.