ASUNTO: KP02-X-2022-000001
DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la decide:
PRIMERO: SE ANULA el auto de fecha 09 de marzo del 2022 y todas las actuaciones subsiguientes a la inhibición planteada por la abogado DOLORES MARIA MALAVE BLANCO, en su condición de Jueza Provisoria del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
SEGUNDO: En virtud de lo precedentemente decidido se repone la causa al estado que se abra nuevamente el cuaderno de incidencia, se agregue los pertinentes, se certifiquen los mismos, y se remita la URDD Civil a los fines de su distribución entre los Superiores Civiles, Mercantiles y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
Déjese copia certificada de la referida sentencia de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los once (11) días del mes de abril del año 2022.
El Juez Titular
La Secretaria
Abg. José Antonio Ramírez Zambrano
Abg. Raquel Hernández M.
Publicada en esta misma fecha, siendo las 1:10 p.m. y quedando anotada bajo el asiento del Libro Diario Nº 2.
La Secretaria
Abg. Raquel Hernández M.
JARZ/sm
|