REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintidós (22) de julio del 2022
212º y 163º

ASUNTO: KP02-S-2022-00873

Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano, SAJID REMIGIO PAREDES PADILLA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la C.I N° 7.426.824, asistido en este acto, por la Abogado en Ejercicio GREGORIA LUCIA LINAREZ LINAREZ, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 170.024, y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuya ubicación, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del solicitante ciudadano SAJID REMIGIO PAREDES PADILLA, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
El Juez



Magdiel José Torres.

La Secretaria

Lucila Suarez Alvarado.