REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO TORRES.
éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación, en consecuencia DECLARA, a los ciudadanos SULEIMA DE LAS MERCEDES ROSAS ROJAS, SIMON JOSE ROSAS, OLGA JOSEFINA ROSAS ROJAS, EVARISTO SIMON ROSAS ROJAS y OLIDA YANET ROSAS ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros N° V-11.694.168, 2.378.497, V- 9.849.809, V-9.849.810 y V-10.769.354, respectivamente; como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante OLGA RAMONA ROJAS DE ROSAS, antes identificado.
Regístrese y Publíquese.
Expídase copia certificada de todas las actuaciones que conforman la solicitud así como de esta decisión. Devuélvanse los originales a la parte interesada.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, al primer (01) día del mes de julio de 2022. Años: 212º y 163º.
El Juez Provisorio,
ABG. EILER JOSE PEREZ.
La Secretaria Temp.
LCDA. MORAIMA MONTES DE OCA
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 41/2022, de los autos resolutorios dictados por este Tribunal, se publicó siendo la 11:00 a.m., y se expidió copia certificada para archivo.
La Secretaria Temp.
LCDA. MORAIMA MONTES DE OCA
Abg.EJP/mm.