REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, CON SEDE EN LA CIUDAD CAPITAL DEL ESTADO TRUJILLO, ACTUANDO COMO JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AGRARIO
Trujillo, diez (10) de marzo de dos mil veintidós (2022).
211º y 163º

EXPEDIENTE: Nº 1014
ASUNTO: RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO AGRARIO.

DE LAS PARTES Y SUS APODERADOS:
PARTE RECURRENTE: ciudadano JOSE MARTIN RODRIGUEZ PACHECO, venezolano, civilmente hábil, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número 7.971.415, domiciliado en la Republica de Canadá y JORGE ISAAC ROPDRIGUEZ PACHECO, Venezolano, soltero, mayor de edad, civilmente hábil titular de la cedula de identidad número 13.006.250, domiciliado en la ciudad de Caracas, distrito Capital.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE RECURRENTE: Abogada ALEJANDRINA RIVAS RUIZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 35.401, con domicilio procesal en la ciudad de Valera, Municipio Valera del Estado Trujillo.
ENTE QUE PRODUJO EL ACTO CONFUTADO: INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, en la persona del Presidente por autorización expresa del Directorio.
ACTO CUYA NULIDAD FUE INTERPUESTA: ACTO ADMINISTRATIVO, emanado del Directorio del Instituto Nacional de Tierras (INTI), consistente de TÍTULO DE ADJUDICACION SOCIALISTA AGRARIO signado con el número 2131916102012RAT181124, a favor de la ciudadana: ADRIANA SOFIA RODRIGUEZ PACHECO , titular de las Cédula de Identidad número 9.722.008 sobre un lote de terreno denominado “VISTA HERMOSA”, ubicado en el Sector SANTA BARBARA, Parroquia La Puerta, Municipio Valera del Estado Trujillo, constante de una superficie de CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS (0 has. Con 5182 mts²) y está comprendido bajo estos linderos: NORTE: Vía de penetración y terreno ocupado por Felipe Nery Araujo SUR:, Terreno ocupado por Rafael Araujo, ESTE: Terrenos ocupados por Darío González y Felipe Nery Araujo y OESTE: Vía de Penetración y Terreno ocupado por David Romero.
TERCERO BENEFICIARIO DEL ACTO CONFUTADO: Ciudadana ADRIANA SOFIA RODRIGUEZ PACHECO, titular de las Cédula de Identidad número 9.722.008

II

Vista la diligencia cursante al folio 241 de actas, de fecha 09 de marzo de 2022, presentada por la Abogada Alejandrina Rivas Ruiz, en su Carácter de Apoderada Judicial de la parte recurrente ciudadanos JOSE MARTIN RODRIGUEZ PACHECO y JORGE ISAAC ROPDRIGUEZ PACHECO, mediante el cual expone “… Desisto del presente procedimiento dados que las partes alcanzaron un acuerdo de partición que ya consigné…” (sic).
Es entendido, que el desistimiento es el mecanismo unilateral de autocomposición procesal que permite al accionante manifestar su voluntad de abandonar su pretensión interpuesta, en el presente expediente que es un recurso de nulidad contra acto administrativo Agrario. Así pues una vez presentado el desistimiento por la accionante, le corresponde al juez de la causa homologarlo o no, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código Procedimiento Civil, atendiendo únicamente a los requisitos de validez del mismo, esto es la legitimación para desistir y la naturaleza de los derechos involucrados, y así lo dejó sentado la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fallo número 831 de fecha 27 de julio de 2000 que: “… sin entrar a conocer siquiera las razones o motivos que justifiquen tal actuación de la parte actora. En este Estado una vez homologado el desistimiento se entiende que ha quedado definitivamente compuesto la litis por la renuncia de la pretensión planteada por lo cual el mismo adquiere el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada…”(Resaltado y cursivas del que aquí decide).
En el Escrito Recursivo presentado por la Abogada ALEJANDRINA RIVAS RUIZ, en su carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos JOSE MARTIN RODRIGUEZ PACHECO y JORGE ISAAC ROPDRIGUEZ PACHECO, antes identificados, en fecha 23 de marzo de 2018, y en el que se declaró competente en fecha 03 de abril del 2018, ordenando solicitar los antecedentes administrativos del acto confutado, comisionando a tales fines y en fecha 15 de julio de 2019 este Tribunal se pronunció sobre la admisión del recurso interpuesto tal como cursa del folio 145 al 156 de actas.
En este mismo orden, observa este sentenciador, que cursa del folio 13 al folio 26, copia certificada de los instrumentos poder que le fueron otorgados por los ciudadanos JOSE MARTIN RODRIGUEZ PACHECO y JOSE ISAC RODRIGUEZ PACHECO, recurrentes de autos, a la abogada ALEJANDRINA RIVAS RUIZ, identificada en actas, en el mismo expresamente la facultan para desistir del presente recurso de nulidad interpuesto.
Así pues, considera este sentenciador que los recurrentes de autos ciudadanos JOSE MARTIN RODRIGUEZ PACHECO y JORGE ISAAC ROPDRIGUEZ PACHECO, suficientemente identificados en actas, pueden desistir del recurso interpuesto como lo hizo por lo que ha de homologarse dicho desistimiento.- Así se decide.

III
DISPOSITIVO

POR LOS FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO EXPLANADOS, este TRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, ACTUANDO COMO JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AGRARIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: Homologa el desistimiento del recurso de nulidad interpuesto por la Abogada ALEJANDRINA RIVAS RUIZ, en su carácter de Apoderada Judicial de los recurrentes de autos ciudadanos JOSE MARTIN RODRIGUEZ PACHECO y JORGE ISAAC ROPDRIGUEZ PACHECO, en contra el Acto Administrativo emanado del Directorio del Instituto Nacional de Tierras (INTI), consistente de TÍTULO DE ADJUDICACION SOCIALISTA AGRARIO signado con el número 2131916102012RAT181124, a favor de la ciudadana: ADRIANA SOFIA RODRIGUEZ PACHECO , titular de las Cédula de Identidad número 9.722.008 sobre un lote de terreno denominado “VISTA HERMOSA”, ubicado en el Sector SANTA BARBARA, Parroquia La Puerta, Municipio Valera del Estado Trujillo, constante de una superficie de CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS (0 has. Con 5182 mts²) y está comprendido bajo estos linderos: NORTE: Vía de penetración y terreno ocupado por Felipe Nery Araujo SUR:, Terreno ocupado por Rafael Araujo, ESTE: Terrenos ocupados por Darío González y Felipe Nery Araujo y OESTE: Vía de Penetración y Terreno ocupado por David Romero.
SEGUNDO: No se condena en costas dado a la naturaleza de la decisión.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y déjese copia certificada en Secretaría de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.

Dada, sellada y firmada en la Sala donde Despacha el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo con Sede en Trujillo, en Trujillo a los diez (10) días del mes de marzo de dos mil veintidós (2022). (AÑOS: 211º INDEPENDENCIA y 163º FEDERACIÓN).
EL JUEZ,

____________________________
REINALDO DE JESUS AZUAJE
LA SECRETARIA TEMPORAL;

_________________________
CAROLINA V. VALECILLOS G.

La suscrita Secretaria Temporal del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo HACE CONSTAR: “Que hoy diez (10) de marzo de dos mil veintidós (2022), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), se publicó y consignó la presente decisión en el expediente respectivo. (Exp. 1014).
LA SECRETARIA TEMPORAL.




Exp. N° 1014
RJA/CVVG.-