REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Carora, dos de marzo de dos mil veintidós
211º y 163º


ASUNTO: KP12-S-2022-000024

DEMANDANTE: ROMELIA ROSA VASQUEZ ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.921.092.

ABOGADO ASISTENTE DE LA DEMANDANTE: NAILL ARTURO OLIVERA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nro. 136.042.

DEMANDADO: HUMBERTO JOSE QUINTERO GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.921.605.

MOTIVO: DIVORCIO 185-A

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA (ACEPTANDO COMPETENCIA)

DE LA INTRODUCCIÓN

Vistas las actas que conforman el presente expediente, contentivo de la solicitud de Divorcio 185-A presentada por la ciudadana ROMELIA ROSA VASQUEZ ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.921.092, asistida por el abogado NAILL ARTURO OLIVERA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nro. 136.042, en relación a la disolución del vinculo conyugal con el ciudadano HUMBERTO JOSE QUINTERO GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.921.605; remitido mediante oficio N° 2021-476, de fecha 18 de Noviembre de 2021, recibido por éste Tribunal en fecha 25 de Enero de 2022, emanado del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en virtud de la decisión dictada en fecha nueve (09) de Noviembre de dos mil veintiuno (2021), mediante la cual se declaró incompetente por el territorio para conocer de la presente causa y declinó la competencia a los Juzgados de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, correspondiéndole a este Tribunal el conocimiento de la misma por Distribución.

DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara sede Carora, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA COMPETENTE por el territorio, para seguir conociendo de la presente causa.
Expídase copia certificada por secretaría y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora 02 de Marzo de 2022. Años 211º de la Independencia y 163º de la Federación.
El Juez,

Abg. Rafael José Martínez Rivero

La Secretaria Temporal,

Roberlyn Isabel García Montes de Oca

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 02/2022 de las Sentencias Interlocutorias dictadas por este Tribunal, y se publicó siendo las 9:30 a.m.

La Secretaria Temporal,

Roberlyn Isabel García Montes de Oca