REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 24 de Noviembre de 2022
Años: 212º y 163º
KP02-S-2022-001361

SOLICITANTE (S): LEIDY A. MORENO, Abogada en ejercicio e inscrita en el IPSA bajo el N° 140.913, actuando en su condición de Apoderada judicial del ciudadano JOSE HERNAN GARCES ROSENDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-3.097.699.

SENTENCIA: DEFINITIVA.


MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.

Vista la solicitud formulada por la Ciudadana LEIDY A. MORENO, Abogada en ejercicio e inscrita en el IPSA bajo el N° 140.913, actuando en su condición de Apoderada judicial del ciudadano JOSE HERNAN GARCES ROSENDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-3.097.699, donde solicita se les declare a él y a su hermano DERMIS RAMIRO GARCES ROSENDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro V-3.861.194 ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus, TEOFILO RAMON GARCES, quien falleció ab-intestato el día 29 de Junio del 2017, según acta de defunción N° 947, emanada del Registro Civil Municipal del Municipio Iribarren del Estado Lara. Admitida la solicitud, se ordenó la publicación de un Edicto por la prensa a los fines de que comparecieren quienes tuviesen interés directo y manifiesto en el asunto, a exponer lo concerniente, Edicto que fue consignado por su apoderado Judicial la abogada LEIDY A. MORENO, antes identificada, mediante diligencia de fecha 02 de Agosto del año 2022, publicación que se efectuó en el diario la PRENSA en fecha 27 de Julio de 2022; y oír las declaraciones de dos testigos presentados por la solicitante, una vez vencido el lapso fijado en el Edicto, lo cual ocurrió, siendo la oportunidad para decidir, este Tribunal observa:

ÚNICO
En base a los recaudos acompañados y a las declaraciones de los testigos, ciudadanos YOSELIN CAROLINA BULLONES YANEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-17.013.982, y FRANCISCO JOSE ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros V-11.596.192, quienes estuvieron contestes al asegurar que conocen a los solicitantes, y al causante de autos, que es cierto y les consta el de cujus no dejó ninguna otra descendencia y falleció sin dejar testamento, se aprecian como idóneas de conformidad con lo previsto en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil, y con vista de los documentos públicos acompañados a la solicitud, los cuales aprecia el Tribunal en todo su valor probatorio de conformidad con las disposiciones contenidas en los artículos 1359 y 1360 del Código Civil, se desprende que está demostrado el derecho que los solicitantes alegan. Y así se decide.
En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación y declara a los ciudadanos JOSE HERNAN GARCES ROSENDO Y DERMIS RAMIRO GARCES ROSENDO como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus, TEOFILO RAMON GARCES. Tómese nota de este decreto en el Libro Diario, así mismo, se ordena devolver las actuaciones originales a la parte interesada, previa certificación de copias de la totalidad del expediente, a los fines de que la misma quede en este Juzgador, para que surta efectos legales.

Publíquese y regístrese e incluso en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia www.lara.scc.org.ve y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines legales previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En Barquisimeto, a los Veinticuatro (24) días del mes de Noviembre del año 2022. Años: 212° y 163°.

La Juez Suplente;



Abg. Graciela Del Carmen Ocando Macho.

La Secretaria Suplente,


Abg. Nailee Castillo.

GCOM/NC/at.-