REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Trece (13) de Abril de Dos Mil Veintitrés (2023).
212º y 164º

ASUNTO: KP02-M-2021-000054
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, y vista la diligencia presentada en fecha 11/04/2023, suscrita por la accionante DOUGLIMAR GIMENA GIMENEZ, mediante la cual solicita de decrete la ejecución forzosa de la sentencia dictada en fecha 09/08/2022 por este Tribunal, y por cuanto se encuentra vencido el lapso de cumplimiento voluntario concedido en fecha 24/02/2023, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, según auto de esta misma fecha que acuerda decretar la ejecución forzosa, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: SE DECRETA EMBARGO EJECUTIVO sobre Bienes propiedad del ciudadano demandado EDUARD PASTOR TORRES SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-23.364.189, de este domicilio, SOBRE LA CANTIDAD DE MIL CUATROSCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($ USD 1,400.00), o en su defecto el equivalente en Bolívares, según la tasa del Banco Central de Venezuela para el momento de la Ejecución del pago. En consecuencia se ordena comisionar al Tribunal Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren a los fines de que procedan a practicar la Medida decretada. Líbrese despacho de comisión y remítase con oficio a la U.R.D.D del área civil del Estado Lara a fin de que distribuya el mismo al Tribunal correspondiente.-
La Juez Provisorio.
bg. Johanna Dayanara Mendoza Torres.
El Secretario.
Abg. Luis Fernando Ruiz Hernández.
En la misma fecha, siendo las 11:31 a.m, se publicó sentencia N°137 y quedó asentando en el libro diario bajo el N°23.-
El Secretario.
Abg. Luis Fernando Ruiz Hernández.
JDMT/LFRH/Almaris