REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho (18) de diciembre de dos mil veintitrés (2023)
213º y 164º
ASUNTO: KP02-S-2023-003534
SOLICITANTE: CARMEN EDECIA ALVAREZ PEREIRA, quien es venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 15.105.701.
ABOGADA ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: WENDY MARYERI TONA SEGOVIA, quien se encuentra inscrita por ante el (IP.S.A.), bajo el Nº 296.428.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.
-Vista la solicitud presentada por la ciudadana: CARMEN EDECIA ALVAREZ PEREIRA, quien es venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 15.105.701, asistida en este acto por la Abogada en Ejercicio: WENDY MARYERI TONA SEGOVIA, quien se encuentra inscrita por ante el (IP.S.A.), bajo el Nº 296.428, donde manifiesta se le conceda: TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre unas bienhechurías, que construyó con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de: TERRENO EJIDO, cuya ubicación, medidas y linderos son los siguientes: Vereda 22 con Calle 4 de la Comunidad José Gregorio Hernández I., Sector Oeste, Parroquia Guerrera Ana Soto, Municipio Iribarren, de la Ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, cuyas medidas aproximadamente son de: Seis Metros con treinta centímetros (6.30 mts) de Frente por: Dieciocho Metros con Diez Centímetros de Fondo, lo que hace una Superficie Aproximada de: Ciento Catorce con cero tres (114.03 mts2) Metros Cuadrados, encontrándose alinderada dentro de los siguientes linderos: NORTE: En línea de Dieciocho Metros con Diez centímetros (18.10mts) con la ciudadana Hilda Colmenares. SUR: En línea de Dieciocho Metros con Diez centímetros (18.10mts) con terreno pertenecientes al sector la Granja. ESTE: En línea de Seis metros con treinta centímetros (6.30mts) con terreno que esta o estuvo Ocupado por el Ciudadano Ernesto Álvarez y OESTE: En la Línea de Seis Metros con treinta centímetros (6.30mts) con la calle 4 que es su frente. Siendo así, este Tribunal observa:
-Tomando en consideración las declaraciones de los testigos, ciudadanos: Carmen María Álvarez Rodríguez y José Antonio Pírela López, quienes son venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 12.849.218 y 5.100.238, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el Artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los Artículos 936 y 937 Ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana: CARMEN EDECIA ALVAREZ PEREIRA, ya antes identificada.
-Publíquese y regístrese e incluso en la página web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
-Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los dieciocho (18) días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés (2023). Años: 213° de Independencia y 164° de la Federación.
-Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.
El Juez,
Abg. Hilarión Antonio Riera Ballestero. El Secretario Temporal,
Abelardo Jesús Gelvis Ramírez.
-Seguidamente se publicó la presente decisión, siendo las 11:47a.m.
El Secretario Temporal,
Abelardo Jesús Gelvis Ramírez.