El Tocuyo, 5 de diciembre de 2.023
Años: 213º y 164º

ASUNTO: S- 177-23
TITULO SUPLETORIO

Vista la solicitud presentada por la ciudadana: DUGARTE DE DUGARTE DORA RAMONA, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V- 7.469.107, domiciliada en el sector San Jacinto, caserío la yerbabuena, Municipio Moran, del estado Lara, asistida en este acto por la abogada en ejercicio: Lisbeth Giménez, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 67.057, donde manifiesta se le conceda: TITULO SUPLETORIO DE POSESION y DOMINIO, sobre unas bienhechurias en un terreno perteneciente al Instituto Nacional de Tierras, ubicado en el caserío Yerbabuena, sector San Jacinto, de la ciudad de El Tocuyo, Municipio Moran, del estado Lara, el cual posee un área total de: MIL CUATROCIENTOS TREINTA y UNO CON OCHENTA y CINCO METROS CUADRADOS ( 1.431,85 mts2), cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Colinda con camino vecinal y mide 27,30 mts. SUR: Colinda con Oscar Raúl Giménez y mide 48,28 mts. ESTE: Colinda con Wilfredo Dugarte y mide 26,30 mts; y OESTE: Colinda con camino vecinal que es su frente y mide 51,64 mts. Dichas bienhechurías consisten en una casa de habitación de 2 plantas, una (1) sala, una (1) cocina, un (1) comedor, cuatro (4) dormitorios, un (1) pasillo, dos (2) baños, un local comercial, un deposito, construidos con bloques de cemento en todas sus paredes y techo de platabanda, piso con acabados en caico y cemento pulido, tuberías empotradas, ventanas celosía y puertas tipo metálica y madera, instalaciones sanitarias a través de tuberías PVC, revestidos con cerámica, electricidad interna y embutida con cable trenzado, servicio de aguas blancas, cerca perimetral de alfajol con altura de 1,80 mts, con portón metálico de acceso. Tiene un área de construcción primer nivel de: CIENTO DIECISEIS CON SESENTA y OCHO METROS CUADRADOS (116,68 MTS), segundo nivel: TREINTA y TRES CON TREINTA y CINCO METROS CUADRADOS (33,35 MTS), el local comercial y DOCE METROS CUADRADOS (12,00 mts2), el depósito para un total de DOSCIENTOS SETENTA y OCHO CON SETENTA y UN METROS CUADRADOS (278,71MTS2). El precio de esta bienhechuria es la cantidad de: CIENTO OCHENTA y SIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA BOLIVARES CON VEINTIOCHO CENTIMOS (Bs. 187.840,28), equivalentes a CUATRO MIL NOVECIENTOS SESENTA y DOS EUROS (4.962 €). Para decidir este Tribunal observa: --------------------------------------------------------------------------------------------------
UNICO: Tomando en consideración las declaraciones de los testigos: VIZCAYA DE RODRIGUEZ BERTHA DEL CARMEN, ESCALONA ARANGUREN CARLOS ALBERTO y PEREZ GARCIA JEAN CARLOS, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 10.125.511, v- 17.133.230 y V- 15.892.881, respectivamente, todos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener; APRUEBA: la mencionada justificación y declara: TITULO SUPLETORIO DE POSESION y DOMINIO, a favor de la ciudadana: DUGARTE DE DUGARTE DORA RAMONA, antes identificada, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, actual Tribunal Supremo de Justicia. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada y déjese copia del presente decreto y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
El Juez Titular, La Secretaria,


Abg. Douglas J Molina. Abg. Joydeliz Vargas

En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se devuelve a la parte interesada constante de ( ) folios útiles.
La Sec,