REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Diecisiete de Enero de dos mil veintitrés
212º y 163º

ASUNTO: KN01-S-2022-000195 (N° MANUAL-S-2022-5136)
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano: JOSE GABRIEL YEPEZ CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro.: V- 14.159.556, de este domicilio, asistido por el abogado en Ejercicio: JUAN MARIÑO, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 222.292, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas en: la Carrera 4 con esquina Calle 2 casa N° 2-4 del Barrio Andres Eloy Blanco en la Parroquia Juan de Villegas (Actualmente Guerrera Ana Soto), Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO PROPIO, según consta en documento inscrito por ante el Registro Público del Segundo Circuito Circuito del Municipio Iribarren del estado Lara, de fecha 14 de Agosto del Año 2006, bajo el N° 46, Tomo 30, Protocolo Primero, Código catastral 13-03-04-u01-217-0011-036-000, cuyas medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano: JOSE GABRIEL YEPEZ CASTILLO, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.scc.org.ve.
La Jueza,

Abg. Mariani Selena Linares Peraza.
La Secretaria Suplente.

Abg. María Isabel Godoy Viloria.-

MSLP/Godoy/San.-