REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete (17) de febrero de dos mil veintitrés (2023)
212º y 163º

ASUNTO: KP02-S-2023-000314

Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana: IGNACIA DEL CARMEN PEREZ ESCALONA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N°. V-3.787.346, asistida en este acto, por el abogado en Ejercicio: MISAEL SAAVEDRA, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N°290.363, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficiente las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de la solicitante la propiedad de las bienhechurías ubicadas, en la Carrera 2, esquina de la Calle 8A, Parroquia Unión, Municipio Iribarren del Estado Lara, las cuales construyo con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y evacuadas las testimoniales de las ciudadanas AURA MARIA ARRIECHE y DORY AUXILIADORA MARTINEZ DE GARCES, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos.V-9.044.992 y V-7.472.192, respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la solicitante ciudadana: IGNACIA DEL CARMEN PEREZ ESCALONA, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://www.lara.tsj.gob.ve.
El Juez,

Abg. Jhonny José Alvarado Hernández
El Secretario,


Abg. Lewis Carrasco Rangel









JAlvarado/LCR/Drv.-
Asiento libro diario: _____