REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, veintitrés (23) de febrero de dos mil veintitrés (2.023)
212º y 164º
ASUNTO: KH03-V-2022-000035
DEMANDANTE: ALBERTO ROMERO MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.556.953.
ABOGADO ASISTENTE: ADELYS JOSE RODRIGUEZ SANCHEZ, inscrito en el IPSA, bajo el N° 147.102.
DEMANDADA: ROSA AURA MENDOZA CARMONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.541.064.
MOTIVO: RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
Visto que la parte demandada ciudadana ROSA AURA MENDOZA CARMONA, en fecha 13/10/2.022, conviene en el presente juicio de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, intentado por el ciudadano ALBERTO ROMERO MENDOZA, asistido por el Abogado ADELYS JOSE RODRIGUEZ SANCHEZ, todos arriba identificados; este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los Artículos 263 y 444 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su Homologación. Por lo que se tiene por reconocido el documento privado, de fecha quince (15) de junio del año dos mil veintiuno (2.021), cursante en autos bajo el folio tres (03), como suscrito de puño y letra por la ciudadana ROSA AURA MENDOZA CARMONA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.541.064, por medio del cual dio en venta pura y simple, perfecta e irrevocable al ciudadano ALBERTO ROMERO MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 9.556.953, un (1) lote de terreno, y las bienhechurías construidas sobre él, ubicadas en el Barrio El Carmen Carrera 7 esquina calle 3 Parroquia Unión, Municipio Iribarren del estado Lara. Dicho inmueble tiene un área aproximada de CIENTO SETENTA Y UN METROS CUADRADOS (171 Mts2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Con terrenos ocupados por Eligia Peña, SUR: Con terrenos ocupados por Reina Mendoza; ESTE: Con calle 3 del Barrio El Carmen, que es su frente; y OESTE: Con terrenos ocupados por Carlos Rivero. Dicho inmueble pertenece a un lote de terreno de mayor extensión, el cual se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: En línea de 22,35 metros, con terrenos ocupados por Mendoza Eligia; SUR: En línea de 23,56 metros, con terrenos por Hilda Guevara; ESTE: En línea de 12,60 metros con la calle 3 que es su frente, y OESTE: En línea de 14,50 metros, con terrenos ocupados por María Mendoza. El inmueble objeto de la presente venta le pertenece a la ciudadana Rosa Aura Mendoza Carmona, antes identificada, según documento debidamente protocolizado por ante el Registro Público del Segundo Circuito del Municipio Iribarren del estado Lara, en fecha 10 de agosto de 2.007, quedando anotado bajo el Nº 21, tomo 41, Protocolo Primero.
En consecuencia, téngase la forma de auto composición procesal presentada, como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Y así se decide. Asimismo, se da por terminado el juicio. Remítase al archivo judicial para su guarda y cuido.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. En Barquisimeto, veintitrés (23) de febrero de dos mil veintitrés (2.023). Años: 212º y 164º.
La Juez Suplente,
Abg. Yoxely Carolina Ruiz Sánchez
La Secretaria,
Abg. María José Lucena Garrido
YCRS/MJLG/ihp.-
|