REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco de julio de dos mil veintitrés
213º y 164º
ASUNTO: KN06-X-2023-000010
DEMANDANTE: Ana Vicentina Abbate Franco, Anibal Vinicio Abbate Franco, Angel Valdemar Abbate Franco, Mariela Coromoto Felice De Gimenez Y Adrian Valmore Abbate Franco titulares de las cedulas de identidad Nos. 9.603.037, 9.610.349,9.610.350, 4.137.851 Y 11599.173 respectivamente.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDANTE: Carlos Miquel Yepez IPSA No. 102.136
DEMANDADO: AUTO SHOPPING 2017 C.A, de este domicilio inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del Estado Lara en fecha 19 de Julio de 2017 bajo el No. 7 Tomo 69-A, representada por el ciudadano TOMAS JOSE CASARES GUTIERREZ titular de la cedula de identidad No. 12.704.483
MOTIVO: SECUESTRO DE INMUEBLE
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
SINTESIS:
Vencido el lapso para la promoción de pruebas en los términos del artículo 602, sin que la parte hiciera uso de ese derecho, el tribunal se pronuncia en conformidad con el artículo 603 del Código de Procedimiento Civil, en los siguientes términos:
DECISION:
En mérito de las consideraciones precedentemente señaladas, este Tribunal Sexto Del Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas Del Municipio Iribarren De La Circunscripción Judicial Del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: RATIFICA en toda y cada una de sus partes la medida de SECUESTRO decretada y ejecutada, No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.
Publíquese y regístrese incluso en la página web del Tribunal Supremo de Justicia.
Déjese copia certificada de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 eiusdem.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Sexto Del Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas Del Municipio Iribarren De La Circunscripción Judicial Del Estado Lara, en Barquisimeto a los veinticinco (25) días del mes de Julio del 2023
El Juez
Abg. Hilarión Antonio Riera Ballesteros. El Secretario Temporal.
Abelardo Jesús Gelvis Ramírez
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