REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho (28) de junio de dos mil veintitrés (2023)
212º y 164º

ASUNTO: KP02-S-2023-001756
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por los ciudadanos: JESUS ENRIQUE ANGULO VIRES, ELSA COROMOTO ANGULO DE YEPEZ Y MIREYA JOSEFINA ANGULO VIRES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos°.V-3.858.151, V-3.862.222 y V-5.240.209, respectivamente, asistidos en este acto, por el abogado en Ejercicio: JULIO CESAR FLORES MORILLO, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N°14.072, evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficiente las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor de los solicitantes la propiedad de las bienhechurías ubicadas, En el callejón 13C, entre calles 56 y 57, Nro 56-17 de Barrio Nuevo, Parroquia Concepción, Municipio Iribarren, Barquisimeto Estado Lara, las cuales construyeron con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, cuyas, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones y evacuadas las testimoniales de los ciudadanos CARMEN JULIA CASTILLO Y OMAR JOSE MENDOZA LOPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-4.375.883 y V-7.323.719, respectivamente, quienes fueron contestes en sus declaraciones, las cuales se aprecian y se les otorga valor probatorio. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de los solicitantes ciudadanos: JESUS ENRIQUE ANGULO VIRES, ELSA COROMOTO ANGULO DE YEPEZ Y MIREYA JOSEFINA ANGULO VIRES, anteriormente identificadas, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://lara.tsj.gob.ve/
El Juez,


Abg. Jhonny José Alvarado Hernández
El Secretario,


Abg. Lewis Carrasco Rangel
JAlvarado/LCR/AlV.-.
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