REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diez (10) de marzo del 2023
212º y 164º
ASUNTO: KP02-S-2023-000449
SOLICITANTE: ciudadano JOSE CRISTOBAL GOYO CARIELES, venezolano, mayor de edad, titular de la C.I N° 13.196.516.-
ABOGADO ASISTENTE DEL SOLICITANTE: DELIA SUAREZ PALMA inscrita en el I.PS.A bajo el N° 208.065.-
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.-
SENTENCIA: Decreto.-
Vista la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano, JOSE CRISTOBAL GOYO CARIELES, venezolano, mayor de edad, titular de la C.I N° 13.196.516, asistido en este acto, por la Abogado en Ejercicio DELIA SUAREZ PALMA inscrita en el I.PS.A bajo el N° 208.065 y evacuados los testigos por ante este Juzgado, este tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO, ubicado en la carrera 4 con calles 01 y 02, comunidad las Veritas, Parroquia Cují, de la ciudad de Barquisimeto estado Lara, cuyas medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones. En consecuencia, este tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor del solicitante ciudadano, JOSE CRISTOBAL GOYO CARIELES, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
Publíquese, Regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia, http://Lara.tsj.gob.ve déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Tribunal Quinto De Municipio Ordinario y Ejecutor De Medidas Del Municipio Iribarren De La Circunscripción Judicial Del Estado Lara, en Barquisimeto a los diez (10) días del mes de marzo del Año 2023. Años 212° de la Independencia y 164° de la Federación-
El Juez
Magdiel José Torres.
La Secretaria
Lucila Suarez Alvarado.
MJT/LSA/MariaS.-
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