REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Carora, diez de marzo de dos mil veintitrés
212º y 164º

ASUNTO: KP12-S-2023-000029

La ciudadana MALLELYS COROMOTO CRESPO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-9.848.475, domiciliada en la Calle 01, Casa N° 17-22, Urbanización Campanero, de esta ciudad de Carora, Parroquia Trinidad Samuel, Municipio Torres del Estado Lara; asistida por el Abogado ALBERTO JOSE CASTILLO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 63.172, presentó escrito por ante este Tribunal en el cual solicita la Inserción de su Acta de Nacimiento, por cuanto la misma no aparece en los Libros de Registro de Nacimientos llevados por ante la Prefectura del Municipio Torres ni en ningún Registro Civil del Municipio Bolivariano G/D Pedro León Torres, alegando que su nacimiento tuvo lugar en fecha 18 de agosto de 1969, siendo hija de AGUSTIN JOSE CRESPO JIMENEZ y VICTORIA DEL CARMEN RODRIGUEZ DE CRESPO. Acompañó a la solicitud copia simple de Datos Filiatorios, expedida por la ONIDEX oficina Carora, certificación expedida por la anterior alcaldía del municipio Montes de Oca del Distrito Torres, Constancia del Registro Civil del Municipio Bolivariano G/D Pedro León Torres y copia fotostática de su cédula de identidad.
La solicitud se admitió acordándose publicar un Edicto por la prensa, notificar al ciudadano Fiscal del Ministerio Público y oír la declaración de testigos.
Ahora bien, este Tribunal para decidir observa:
Con los recaudos acompañados a la solicitud, vencidos como fueron los diez días de despacho contados a partir de la publicación y consignación del Edicto librado, no habiendo objeción por parte del Fiscal del Ministerio Público del Estado Lara en relación a lo solicitado y oídas las declaraciones de los testigos ciudadanos JORGE LUIS PEREZ y JULISSA BETHSABE MENDOZA MELENDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.916.528 y v-9.847.834, quienes dieron fe de conocer a la solicitante, constándoles que su nacimiento tuvo lugar en fecha 18 de agosto de 1969, siendo hija de siendo hija de AGUSTIN JOSE CRESPO JIMENEZ y VICTORIA DEL CARMEN RODRIGUEZ DE CRESPO; este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA dicha INSERCIÓN en el sentido de que se proceda a insertar el Acta de Nacimiento correspondiente a la ciudadana MALLELYS COROMOTO CRESPO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-9.848.475, en los Libros de Nacimientos llevados por ante el Registro Civil de la Trinidad Samuel, Municipio Bolivariano G/D Pedro León Torres y en el Registro Principal del Estado Lara. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 100, numeral 3 de la Ley Orgánica de Registro Civil. Expídanse copias certificadas de esta sentencia a los interesados y envíense las necesarias a las autoridades Civiles competentes mediante oficios a los fines legales consiguientes. Expídase copia certificada por secretaría de esta sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora, diez (10) de marzo del año dos mil veintitrés. Años: 212º y 164º.
El Juez,

Abg. Rafael José Martínez Rivero
La Secretaria Temporal,

Roberlyn García Montes de Oca

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 14/2023, de la Sentencias Definitivas, dictadas por este Tribunal y se publicó siendo las 12:00 p.m.

La Secretaria Temporal,

Roberlyn García Montes de Oca