REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diez (10) de noviembre de dos mil veintitrés (2023)
213º y 164º

ASUNTO: KP02-S-2023-003436
SOLICITANTE: JUANA BAUTISTA BENITEZ DE CARRILLO, quien es venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 5.596.674.
ABOGADA ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: IRIS V. TORREALBA S., quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el Nº 102.783.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO.
SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO.

-Vista la solicitud presentada por la ciudadana: JUANA BAUTISTA BENITEZ DE CARRILLO, quien es venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 5.596.674, asistida por la Abogada en Ejercicio: Iris V. Torrealba S., quien se encuentra inscrita por ante el (I.P.S.A.), bajo el Nº 102.783, donde manifiesta se le conceda: TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre unas bienhechurías, que construyó con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de: TERRENO PROPIO, cuya ubicación, medidas y linderos son los siguientes: Barrio Pueblo Nuevo, Calle 6 entre Carrera 6 y Callejón 5, Casa N° 5-79, Parroquia Guerrera Ana Soto, Municipio Iribarren, Barquisimeto, Estado Lara, el cual tiene un área aproximada de: TRESCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CINCO CENTÍMETROS (320,45 Mts2), con un área aproximada de construcción de: CIENTO SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y OCHO CENTÍMETROS (173,48 Mts2), con los siguientes linderos: NORTE: En línea de Veintinueve Metros con Diecisiete Centímetros (Mts 29,17) por terrenos ocupados por Cruz María Zavarce. SUR: En línea de Veintinueve Metros con Treinta y Cinco Centímetros (29,35 Mts), por terrenos que ocupados por María Yépez. ESTE: En línea de Diez Metros con Sesenta y Nueve Centímetros (10,69 Mts) por terrenos que ocupo por Dirla Díaz y María Gutiérrez y OESTE: En línea de Once Metros con Veintidós Centímetros (11,22 Mts), con la Calle 6, que es su frente. Siendo así, este Tribunal observa:
-Tomando en consideración las declaraciones de las testigos, ciudadanas: Nohel Jesús Piñango Vargas y Ana Matilde D´Orazio Duran, quienes son venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 11.695.630 y 12.534.835, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el Artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los Artículos 936 y 937 Ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA: TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor la ciudadana: JUANA BAUTISTA BENITEZ DE CARRILLO, ya antes identificada.
-Publíquese y regístrese e incluso en la página web del Tribunal Supremo de Justicia (T.S.J.), y déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
-Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los diez (10) días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés (2023). Años: 213° de Independencia y 164° de la Federación.
-Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro de Solicitudes, llevado por ante este Tribunal.
El Juez,
Abg. Hilarión Antonio Riera Ballestero. El Secretario Temporal,
Abelardo Jesús Gelvis Ramírez.
-Seguidamente se publicó la presente decisión, siendo la 01:10p.m.
El Secretario Temporal,
Abelardo Jesús Gelvis Ramírez.