esta Juzgadora establece que se encuentra abocada al conocimiento de la presente causa siendo la Juez natural y provisoria del presente Juzgado y observa que en el presente caso, desde el 31 de Marzo del año 2022, ha transcurrido con creces más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal por parte del accionante, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el presente juicio de PARTICIÓN Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, intentado por el ciudadano, MARCO TULIO ALVAREZ MENDOZA, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-17.784.675, contra la ciudadana LIGIBEL ANTONIETA GARCIA LEON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.103.462 de este domicilio.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, siete (07) de Noviembre de dos mil veintitrés (2023). Año 213 y164. Sentencia N° 442. Asiento N° 47.
La Juez Provisorio


Abg. Johanna Dayanara Mendoza Torres
El Secretario


Abg. Luis Fernando Ruiz Hernández

En la misma fecha se publicó siendo las 02:25 P.M., y se dejó copia certificada de la presente decisión.-

El Secretario


Abg. Luis Fernando Ruiz Hernández


JDMT/LFRH/OLUM