REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MENORES
JUZGADO SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL Y DE TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. Trujillo, veinticinco (25) de octubre de dos mil veintitrés (2023). 213° y 164°.-
Exp. 6591-23
Vista la exposición de fecha 24 de los corrientes, hecha por el Alguacil de este Juzgado respecto a la práctica de notificación de la ciudadana Marisabel Briceño Di Carpio, mediante la cual informa que hizo entrega de la boleta de notificación a la mencionada ciudadana al ciudadano Gustavo Ramírez, quien se identificó como hermano del abogado Juan Vicente Ramírez Granadillo, quien a su vez le indicó, vía telefónica, que recibiera la boleta de notificación; este Juzgado al efecto considera que la actuación del Alguacil de este Juzgado, al entregar la boleta al ciudadano Gustavo Ramírez, carece de eficacia jurídica, por cuanto tal circunstancia pudiera atentar contra el derecho a la defensa de la ciudadana Marisabel Briceño Di Carpio, al ser entregada la boleta a una persona que no guarda relación alguna con la misma; es por lo que considera que la notificación personal de la mencionada ciudadana ha sido agotada, de ahí que se debe ordenar practicar la misma a través de Cartel de notificación que deberá ser publicado en cualquier medio de comunicación impreso o digital, con circulación en el Estado; a tal efecto se acuerda librar cartel de notificación a la ciudadana Marisabel Briceño Di Carpio, a fin de que comparezca ante este Tribunal, a conocer día y hora para que tenga lugar la audiencia oral en la presente causa, cuya fijación y realización tendrá lugar dentro de las 96 horas siguientes a que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas.