REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO, MARITIMO Y CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. Trujillo, veintiocho (28) de Septiembre de dos mil veintitrés (2023).

213° y 164°

Visto la diligencia de fecha 26 de Septiembre de 2023, presentado por el Abg. Adolfo Jimeno, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nro.48.057, actuando en su carácter de apoderado Judicial de la parte actora, mediante la cual solicita que se oficie al Consejo Nacional Electoral para así adquirir la dirección de la Ciudadana Maritza del Carmen Torres Rivas, así mismo requiere la citación de la Codemandada Gisela Cano, del mismo modo solita de este Juzgado sean decretadas medida preventiva de anotación de la Litis y medida cautelar de prohibición de enajenar y gravar, solicitada en el libelo de la demanda, este Tribunal pasa a resolver y a tal efecto lo hace de la siguiente manera:

Primero: De auto se evidencia, que este Tribunal en fecha 28 de marzo del 2023 acordó oficiar al SAIME, a los fines de que informe el domicilio procesal de la demandada de autos, sin que hasta la presente conste en autos sus resultas, en razón de ello se acuerda oficiar al Consejo Nacional Electoral para que suministre a este Juzgado la dirección de la Ciudadana Maritza del Carmen Torres Rivas. Líbrese oficio.
Segundo: En relación a la citación de la codemandada de autos Gisela Cano, de autos se evidencia que este Juzgado en fecha 15 de mayo de 2023, libro el correspondiente despacho de citación y fue remitido mediante oficio Nro.187, al Juez de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valera, Motatan, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, sin que conste en autos sus resultas, en razón de ello se NIEGA lo solicitado por la parte demandante, dado que es ante ese Juzgado que debe gestionar la menciona citación. Así se decide.
Tercero: En relación a la medida preventiva solicitada se ACUERDA formar cuaderno de medidas, con copias de las presentes actuaciones a costa de la parte demandante, a fin de pronunciarse al respecto. Así se decide

La Jueza Provisoria,

Abg. Clarisa Villarreal.-
El Secretario Titular,

Abg. Jairo Dávila.-
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.

El Secretario Titular,

Abg. Jairo Dávila.-
CMV/JAD/lvr