REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once (11) de abril de 2024
213º y 165º
ASUNTO: KP02-S-2023-004009
SOLICITANTE: CIUDADANA GISELA DEL CARMEN ANDRADE FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros.V-13.775.670.-
ABOGADO ASISTENTE DE LA SOLICITANTE: LUIS SOTO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 170.084.-
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO.-
SENTENCIA: DECRETO.-
SECUENCIA PROCEDIMENTAL DE LOS HECHOS
Vista la solicitud presentada por la ciudadana GISELA DEL CARMEN ANDRADE FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nros.V-13.775.670, asistida por el abogado LUIS SOTO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 170.084, donde manifiesta se le decrete a su favor TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, sobre unas bienhechurías que construyo a sus propias expensas y con dinero de su propio peculio, sobre un TERRENO EJIDO con una bienhechurías que consta de un Área aproximada de QUINIENTOS TREINTA Y UN METROS CUADRADOS CON SESENTA CENTÍMETROS (531,60mtrs2), la cual consta de una (01) casa, construida en paredes de bloques, techo de láminas de acerolit y piso de cemento, cercada de estaca y alambre, ubicadas en la Comunidad 24 de julio, sector 4, calle Aragua entre calle Las Torres, casa S/N, Parroquia Guerrera Ana Soto, Municipio Iribarren, estado Lara; comprendidas dentro de los siguientes linderos: NORTE: en línea de TREINTA METROS (30mts), con terreno ocupado por la ciudadana NAILETH ANDRADE; SUR: en línea de TREINTA Y TRES METROS CON VEINTE (33,20mts), con terreno ocupado por el ciudadano RUFINO ORELLANA; ESTE: en línea de VEINTICUATRO METROS (24mts), con CALLE ARAGUA; OESTE: en línea de DIECIOCHO METROS (18mts), con QUEBRADA GUATACAL. Siendo el costo aproximado de las referidas bienhechurías la cantidad de NOVENTA Y NUEVE MIL BOLIVARES (Bs. 99.000,00).
Para decidir este Tribunal observa:
UNICO:Tomando en consideración las declaraciones de las testigos: YUSBELIS YACKELINE TORRES TORREALBA y JHAILIANNY LORENA SÁNCHEZ CAMACARO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.951.167 y V-25.137.766respectivamente, ambas de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente en los artículos 936 y 937 ejusdem y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE TERCERAS PERSONAS puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO, a favor de la ciudadana GISELA DEL CARMEN ANDRADE FIGUEROA, plenamente identificada, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero (01) de Abril del año 1970, dictado por la extinta Corte Suprema de Justicia, hoy Tribunal Supremo de Justicia, en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y déjese copia del presente asunto y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
Publíquese, regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia, http://lara.tsj.gob.ve déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil a los fines legales previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-
Dada, firmada y sellada en la sala del despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en Barquisimeto a los once (11) días del mes de abril del año dos mil veinticuatro 2024. Años 213º de la Independencia y 165º de la Federación.-
El Juez,
Magdiel José Torres.
La Secretaria,
Lucila Suarez Alvarado.
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